No sé si he entendidio bien tu pregunta. Entiendo que los hijos son fruto de matrimonio anterior al comunitario.
En ese caso, es posible solicitar autorización de residencia por razones excepcionales, y no encuentro que se exija un plazo de residencia por parte de los hijos si es la madre la que tiene la residencia permanente.
Tengo una pequeña gran duda. Una chica brasileña casada con un chico comunitario adquiere la tarjeta comunitaria permanente.
Ella tiene 3 hijos aquí en españa, y tiene la guarda y custodia puesto que es viuda. Deben los hijos haber residido 2 años en españa para regularizar su situación o pueden directamente solicitar la tarjeta comunitaria para sus hijos que nacieron en brasil pero estan aqui.