Hola Dakota.
Si el objeto principal del arrendamiento es el aprovechamiento o explotación agricola de la finca, ese contrato se rige por Ley 49/2003 de arrendamientos rústicos. En otro caso se regira por
la LAU.
Un saludo.
Un contrato en el que se arrienda una vivienda ubicada en una finca rústica, es decir, en el que se arriendan ambas fincas, la urbana y la rústica. ¿Qué regulación es aplicable a dicho contrato?
Gracias.