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Reglamento

2 Comentarios
 
09/08/2006 18:10
Muchas gracias Tribuno
08/08/2006 23:44
Entiendo que, al ser un trámite legalmente exigido, su ausencia conlleva la nulidad de pleno derecho del reglamento.

Para que se declare esa nulidad, habrá de impugnarse el reglamento directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa en cuanto sea publicado.

Todo lo anterior, salvo opinión mejor fundada.
Reglamento
08/08/2006 18:33
Si un proyecto de reglamento no ha sido informado por la Secretaría General Técnica, ¿qué ocurre?