Hola, esta mañana he vivido una cosa en el trabajo que pense nunca podria ni imaginarme. Ha ido el jefe de personal con un guardia de seguridad y dos delgados de los comites y ha abierto las taquillas de 8 pèrsonas!!!! De los 8 a los que les han querido registrar, 1 ha dicho que en la taquilla tenia cosas personales y que su taquilla no la registraba si no venia la policia con una orden de registro, y los otros 7 no han puesto ninguna pega. De los 7, a 5 les han encontrado hachis y han dicho que es para consumo propio y a 2 no les han encontrado nada. Mi pregunta es si es legal eso que han hecho y en caso de que lo sea que me imagino que si, que represalias pueden tomar contra ellos.
SAlvo mejor opinión yo tengo entendido que eso que han hecho en tu empresa se puede hacer. Si te fijas han tomado sus cautelas y se han acompañado de un guardia de seguridad y de dos delegados del comité. ¿Qué derecho han vulnerado? ¿Te parece adecuado tener hachis en la taquilla de una empresa? ¿Sabaes que dosis a dosis pasa de ser consumo a ser tráfico? ¿Te gustaría que la policía entrase en tú casa y cogiese a varios con droga y te acusase de trafico ó de cooperador necesario?. Claro que pueden tomar represalias.
Que conste que no estoy a favor de que la gente tenga hachis en sus taquillas, simplemente me da exactamente igual. Creo que cada uno puede hacer lo que le de la gana con su vida siempre que no moleste a nadie. Por ejemplo en mi cadena cada semana lleva uno el vino para comer el bocadillo y en la taquilla los lunes siempre hay 5 o 6 botellas de vino y eso si es legal, y eso que nunca nadie se ha muerto por sobredosis de hachis y si por coma etilico, incluso conozco muchas mas vidas destrozadas por el alcohol que por el hachis, la unica diferencia es que el uno es legal y el otro no.
A la pregunta de si me parece adecuado tener hachis te digo que no parece adecuado ni inadecuado simplemente me resbala. Incluso 2 de los trabajadores registrados tendran que aguantar ahora el que se hayan enterado sus padres ya que tambien trabajan en la misma fabrica. El verdadero problema creo que es que en los reconocimientos medicos han hecho algo que creo es ilegal; han sometido los analisis a un test de drogas y por ahi si que no paso, yo solo voy alli a ganar dinero y no tolero que entren de esa manera en mi vida privada.
Si es cierto lo que dices que han accedido a los resultados de los reconocimientos médicos estoy contigo en que eso es ilegal. Si tienes pruebas denuncialo. El resto es hablar por no estar callado.
Además si tienes razón en que si en el reconocimiento se hace alguna prueba a más de las especificadas en los protocolos correspondientes a cada puesto de trabajo ha de informarse de ello al trabajador. ¿Xq. dices lo del test de drogas? ¿Qué pruebas os pasaron en ese reconocimientto?
Comparto tu opinión sobre el alcohol pero ello no exime de responsabilidad a tus compañeros en lo que respecta al consumo de drogas.
En el reconocimiento que nos hacen anualmente nos hacen las pruebas tipicas para saber si tenemos el colesterol alto y las cosas tipicas de un chequeo, pero se supone que no pueden hacer nada sobre drogas. Desgraciadamente no tenemos ninguna prueba de que lo hayan hecho, pero me parece mucha casualidad que fueran a tiro echo a por esas 8 personas...
Sobre lo que dices:
"Comparto tu opinión sobre el alcohol pero ello no exime de responsabilidad a tus compañeros en lo que respecta al consumo de drogas."
Se supone que el consumo de drogas no esta penado y uno puede consumir lo que quiera, no??? Entonces les pueden despedir por eso???
Ojo con este tipo de actuaciones porque, entre otras cosas, hay que tener presente:
1- Que el vigilante de seguridad NO es un agente de autoridad, por lo que que esté éste o cualquier persona es jurídicamente igual. Su palabra vale lo mismo.
2- Hay que ver quién insta, en condición de qué, qué alega, cómo lo motiva, etc. No se trata sólo de "abre que voy a mirar"
3- Qué establece el convenio colectivo, la empresa (en el caso de que tenga alguna reglamentación interna), la legislación penal-administrativa que regula la posesión y consumo de drogas, etc., y algunas cosas más
4- que tipo de datos almacena la empresa, en qué ficheros, si éstos han sido notificados a la APD,
5- etc.
En consecuencia, el tema no es tan simple y claro.
Malas noticias. Me acaba de llamar un compañero diciendome que los 5 que les encontraron el hachis los han despedido ayer por la tarde. Lo siento por ellos, por que eran buenos tios aunque se fumasen unos lirios de vez en cuando. Creeis que es legal lo que han hecho????
1) posibilidad de registro por parte de la empresa de las taquillas de los trabajadores
2) posibilidad de ser causa de despido el consumo de drogas o, al menos su posesion en el centro de trabajo
También podriamos entrar en el tratamiento que se ha de dar a las revisiones médicas y acceso a los informes de cada trabajador, pero como ahí de momento solo hablamos de conjeturas, lo dejo aparcado.
1) Respecto a los registros de taquillas te transcirbo el art. 18 del ET:
"Sólo podrán realizarse registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo.
En su realización se respetará al máximo la dignidad e intimidad del trabajador y se contará con la asistencia de un representante legal de los trabajadores o, en su ausencia del centro de trabajo, de otro trabajador de la empresa, siempre que ello fuera posible."
Parece que en ese caso se ha respetado el requisito de presencia de representantes de los trabajadores, pero entiendo que falla el elemento básico, que es el el que exista una base o argumento que justifique tal registro, ya que no se acredita, al menos aparentemente, ningún peligro para el patrimonio empresarial ni para el resto de trabajadores.
2) Respecto que el consumo o posesión de drogas pueda ser causa de despido, al menos procedente, no esta tampoco nada claro. Habrá que conocer las circunstancias y causa alegada para el despido. Al final, lo que será determinante es si ese consumo tiene alguno resultado directo o no en su trabajo. Tengo referencias de un caso, en un buffete de arquitectos en el que al descubrirse que uno de ellos era consumidor habitual de hachis, éste fue despedido y esa fue la causa de despido alegada. Finalmente el despido fue declarado improcedente ya que al preguntar le juez o tribunal sobre si ese consumo, afectaba al rendimiento, los responsables del buffete tuvieron que reconocer que, sin duda, y a pesar de su juventud, se trataba de uno de los profesionales mas brillantes y mas valorados por su trabajo.
Ahora, entiendo que distinto puede ser si se trata de una actividad que requiera por ej. la conduccion o manejo de maquinaria de forma muy precisa y, de que puedan derivarse graves daños persnales o materiales de su manejo inadecuado y que ahí pueda tener influencia el consumo de ciertas sustancias (por ej. un conductor de autobus que se esnife una rayita de coca antes de cada servicio).
Pues entonces me temo que el despido es totalmente improcedente por que...
1) posibilidad de registro por parte de la empresa de las taquillas de los trabajadores
"Sólo podrán realizarse registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo.
Mucho me temo que no estaba en peligro el patrimonio empresarial ni el de ningun trabajador, fueron a por ellos directamente por que esperaban encontrar lo que finalmente encontraron...
2) posibilidad de ser causa de despido el consumo de drogas o, al menos su posesion en el centro de trabajo
En lo que comenta Nando de si el consumo puede repercutir en su trabajo o poner en peligro a los demas trabajadores por trabajar con maquinarias peligrosas, la respuesta es que no, por que estamos en una cadena de montaje sin riesgos de mayor importancia.
Ahora despues de todo esto me gustaria haceros una pregunta. En caso de que el despido sea improcedente, les pueden obligar a readmitir a los trabajadores???? Por que si con pagar 45 dias por año les vale, os aseguro que la empresa no tiene ningun problema ya que es una multinacional que se dedica a la fabricacion de electrodomesticos y se les sale el dinero por la orejas...
Muy buena exposición Nando _bcn.
Hola Pez , con respecto a la pregunta que haces, si consideran el despido improcedente la opción de readmitir ó pagar 45 días de salario por año de servicio la tiene el empresario, con lo que si estamos hablando de una empresa fuerte ya te imaginas por lo que van a optar.
Saludos, espero que nos informes de como queda el tema.
Retomando el tema tengo alguna pregunta una empresa que no quiere revisarlas, sino que un día dejen libre las taquillas para hacer limpieza y desifectación, si os trabajadores no las vacían que puede hacer la empresa. hora mismo no hya comite dimitieron tiodos.
Hola a todos,
Esta semana me ha pasado algo similar, aunque no en el trabajo. Tengo una taquilla alquilada en el gimnasio al que voy asiduamente. Una tarde hicieron un cambio en el sistema informático y no aparecía mi nombre como dueño de la taquilla, así que sin más, la abrieron, sacaron mis cosas y las metieron en una bolsa de basura. Al dia siguiente por la mañana, cuando llegué, fue cuando me encontré con esa situación. No avisaron ni pusieron un cartel avisando de la incidencia, ni siquiera dejaron pasar ni 24 horas para retirar mis efectos personales, entre los que se encontraban un ipod y material deportivo de gran valor.¿Esto es legal?¿Existe alguna base legal para hacerlo? M