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Registro DNI

14 Comentarios
 
Registro dni
24/04/2006 14:42
Con bastante frecuencia voy a distintas Administraciones Publicas.
En el acceso, un Seguritas me toma los datos de nombre y DNI, asi como departamento donde voy.
Si en algun momento fuera necesario, ¿se podria solicitar listado de las comparecencias, de un determinado periodo?.
16/05/2006 13:13
Como pedir... lo que dudo es que tengan la obligación de dartelo.
De todas formas, si quieres acreditar tu presencia en una administración, debes de pedirselo al funcionario que ete atiende, en el mo9mento en te atiende.

Así sí está obligado a dartelo,
16/05/2006 13:53
Mi experiencia me ha enseñado, me he encontrado alguna vez con alguna desagradable sorpresa, que SIEMPRE que entregue algún documento en alguna Admon. me quede con copia del mismo sellada por la correspondiente Admon. con expresa mención de la fecha en la que se ha presentado.Para los actos que precisen de la personación, sin constancia de documento alguno, pedir al funcionario que selle un documento en el que consteel día de la personación, el departamento en el que se ha realizado el trámite y todos aquellos detalles que sean necesarios reseñar.
Si lo que se necesita es acreditar en un procedimiento judicial la presencia en dicha sede en un día determinado, se puede pedir al Juzgado, como prueba, que solicite a la correspondiente Administración el control de entrada del día determinado. Saludos.
16/05/2006 14:29
Pero, la Administracion que ejerce el control de entrada, ¿esta obligada a archivar las listas que confeccionan los seguritas, o pueden destruirlas cada dia?.
18/05/2006 17:59
Se guardan durante un determinado plazo tiempo, ya sea por la propia administración o la empresa de seguridad. Pasado dicho plazo, que depende de cada "casa", se destruye (o así se dice que se hace).
perfil J.
19/05/2006 13:08
Se podría pedir por el derecho de acceso que se tiene en virtud de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Esto se me ha ocurrido muy rápido, igual he dicho una tontería.
24/05/2006 17:57
Tontería no es. Pero le dirían, si alguien decidiese "ser" el responsable y no pasarse la patata entre ellos, que lo pidiese por escrito y esperase el plazo de tiempo establecido para contestarle. Entonces, si fueran medio listos y conocieran un mínimo la legislación, le dirían que esos datos han sido borrados de sus registros, no constando nada a su nombre al día de la fecha.
Así se lo quitarían de encima rápidamente y sin problemas. Pero desde luego esto no lo hacen. Los datos quedan en sus archivos hasta que alguien los destruye pasados unos meses, años o decenios. Y normalmente a la APD no se le comunica nada, ya que lo que no consta no se puede controlar.
Puede gustar o no, pero es la práctica habitual.
24/05/2006 19:48
Lo q dicen J y Kelsen no es ninguna tonteria: seguro q se crea un fichero con las entradas realizadas, y se guardará durante un período X, dependerá de lo q consideren más oportuno. Lo q si entiendo es q ademas es un dato de caracter personal. Cosa distinta es q tengan creado formalmente, publicado en el diario oficial correspondiente y declarado ante la APD (al margen de las CCAA q tengas Agencia propia) dicho fichero, de acuerdo con las exigencias de la LOPD. En mi Admon esta declarado dicho fichero, y se esta pensando en declarar igualmente las grabaciones de seguridad q tambien se almacenan por un periodo determinado.Saludos!
25/05/2006 14:11
La cuestion es saber, si un ciudadano puede pedir una certificacion donde conste las fechas y horas, correspondiente a un determinado periodo de tiempo, en que accedio a la referida Administracion Publica.
25/05/2006 21:08
Pedir, claro q puede pedir. Cosa distinta es q lo expidan. Derecho a q te lo expidan? Si, también, constando el hecho q se quiere que certifique la Admon., pero también cabe la posibilidad de q "lamentablemente no pueden certificar ese hecho porq no se guarde un registro de las entradas" o porque en funcion de cuando haya sido, ya hayan borrado el registros correspondiente a esa fecha q te interesa q certifiquen. Saludos.
26/05/2006 11:48
Pero entonces, ¿que ley regula el control de acceso, a cualquier Administracion Publica, por medio de securitas y presentacion de DNI?.
26/05/2006 13:32
Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada y Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre.
28/05/2006 12:03
Gracias.
28/05/2006 15:52
Es un pequeño e interesado coktel entre Ley 23/1992, RD 2364/1996, LPD, el contrato firmado entre la empresa de seguridad y la administración pública, etc., etc., etc.
29/05/2006 10:52
Sabia que lo tenia en algun lado...todo está previsto en la Instrucción 1/1996, de 1 de marzo, de la Agencia de Protección de Datos, relativa a la aplicación de la LOPD en el ámbito de la seguridad privada y de los ficheros de datos de carácter personal establecidos con la finalidad de controlar el acceso a los edificios. Esta Instruccion estara, supongo, en la web de la Agencia, y como ves, concuerda con lo señalado hasta ahora.

En resumidas cuentas, es muy dificil q te puedan certificar nada a menos q se pida antes de 1 mes desde la entrada en las dependencias. Saludos.