Mis padres tienes una parcela con registro catastral y en la cual han fabricado una vivienda, ambas estan inscritas en el resgistro de la propiedad y me han hecho donacion en vida de las mismas con su usufructo vitalicio para ellos. Yo he presentado solicitud de cambio de titular en el registro castastral del terreno y escritura de obra finalizada para dar de alta la vivienda. Ya tengo celula de habitavilidad dad ¿ puede le catastro negarse a darme de alta dicha vivienda?
Supongo que se habrá presentado el modelo 901N de declaración catastral con la documentación que justifique la alteración catastral solicitada, escritura pública o contarto privado, por ejemplo.
Quizá sea necesario presentar certificado de registro de la propiedad, no lo se, pero lo cierto es que si falta algún documento te han debido requerir para su aportación antes de denegar la alteración solicitada. El procedimiento para una alteración catastral debería ser como sigue.
Con la solicitud de alteración, se inicia y registra el correspondiente expediente.
Tras el exámen de la documentación aportada se emiten los informes pertinentes y en caso de ser necesario SE REQUERIERE AL INTERESADO SUBSANAR LOS DEFECTOS ADVERTIDOS, DÁNDOSELE AUDIENCIA Y PLAZO PARA SUBSANAR Y ALEGAR LO QUE CONSIDERE OPORTUNO.
Concluído el plazo dado se dicta Resolución que es notificada al interesado.
Dicha Resolución puede ser recurrida potestativamente en reposición o diréctamente presentarse reclamación administrativa ante el TEA regional o central, dependiendo del valor catastral del inmueble.