Estaría interesado en desarrollar una idea que ,creo, puede ser muy interesante, pero para ello necesito a una empresa con capacidad técnica que me desarrolle la idea. Según lo que comentais, la idea no la puedo proteger porque no son exclusivas de nadie. El problema es que estoy seguro de que la empresa que subcontrate me robará la idea en cuanto se la cuente. ¿Qué puedo hacer al respecto? ¿Sería conveniente elaborar algun contrato de confidencialidad? ¿o un contrato mediante el cual se haga saber que ese desarrollo me pertenece? ¿Hay alguna manera de que la invención me pertenezca?
Como ya se ha dicho, no se puede registrar nunca una idea sino la manifestación de la idea; sea ésta libro, musica, escultura, proyecto. Lo que se registra és siempre la forma del proyecto: puedes registrar todo un diario personal entero si quieres.
Lo más sencillo y viable creo que es enviarte un mail a ti mismo con todo el material lo antes posible.
El problema es que depende mucho de qué especie de producto se trata: diseño industrial, gráfico, narración..
buenas, este tipo de consultas es mu habitual en este foro, vamos a intentar aclararte la duda:
Buenas, este tipo de consultas es muy recurrente en este foro, por tanto vamos a explicar al detalle y con ejemplos el tema de que LAS IDEAS NO SE PUEDEN PROTEGER.
Las ideas en cuanto conceptos intangibles no pueden protegerse, sí su plasmación en algún soporte físico o tangible, es decir y hagámoslo mediante ejemplos, una página web que facilite la búsqueda de billetes baratos mediante un rastreo con las compañías aéreas no es protegible. Únicamente el contenido de dicha web sería protegible COMO PROPIEDAD INTELECTUAL, también el nombre del dominio y la marca de servicios a través de la cual se desee publicitarse comercialmente, pero la idea en sí como concepto abstracto no es protegible. Al margen de lo que es registrable según la Ley de Propiedad Intelectual vigente en España en sus primeros artículos, la Ley de Competencia Desleal señala que "La imitación de prestaciones e iniciativas empresariales ajenas es libre, salvo que estén amparadas por un derecho de exclusiva reconocido por la Ley.", este artículo dispone en líneas generales que efectivamente el libre mercado es la que impide que alguien pueda apropiarse de un tipo de actividad o negocio, salvo que tenga la exclusiva, en este caso por ejemplo lo sería la que concede la patente de un invento, por ejemplo la fregona, cuya explotación durante 20 años desde su protección ha sido reservada a su inventor o a quien éste haya licenciado.
Lo mismo respecto a propiedad intelectual: una tesis, un estudio, dibujo, boceto, guión de película, libro o cuento son protegibles en cuanto al texto, nadie puede decir que por registrar un guión de una película sobre una temática concreta impida a un tercero hacer lo mismo, serán únicamente los personajes, sus nombres, el contenido original e inédito del largometraje lo que sí sea de explotación en exclusiva por el autor, con un periodo de prescipción a los 70 años desde su fallecimiento.
Espero haberte ayudado, si te has quedado con alguna duda.
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Hola me gustaría informarme de como podría llevar acabo el registro de una idea y donde lo tendría que hacer, si hay alguna empresa especializada en Murcia en este tema la idea tendria el fin de dentro de un año realizar un proyecto y desarrollar la idea.