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Registro de obra de autor fallecido y comercializacion

1 Comentarios
 
Registro de obra de autor fallecido y comercializacion
10/12/2009 17:22
Buenas, mi padre (recienemente fallecido)por hobby escribia y pintaba a veces y me gustaria saber si es posible registrar sus obras igualmente desconocidas como él,con el nombre de el de autor (derechos morales) y los derechos comerciales a nombre de mio y si es posible comercializarlos bajo marca, es decir que yo cree una marca clase 41 ¿? y aunque no sea el nombre de mi padre ni su seudonimo sino uno que quiero usar yo para comercializar mis trabajos si podria vender bajo esa misma marca los de mi padre (dejando bien claro quien es el autor claro) vamos por poner un simil como el editor o el marchante, y si al comercializarlo bajo marca quedan mas protegidos,gracias
12/12/2009 19:56
Las obras literarias, artisticas, cientificas.....son objeto de propiedad intelectual y no de propiedad industrial, es decir, la obra de tu padre no quedarías protegida si la registra como marca, dado que las marcas son signos distintivos que sirven para proteger servicios o productos en el mercado.
Al titular de la obra no sólo le pertenecen los derechos morales, sino también los de explotación de la misma. Solo él puede ceder los derechos económicos a terceros. Pera dado su fallecimiento tu como heredera pasarías a tener los derechos de explotación. Consulta si puedes registrar la obra a su nombre tras su fallecimiento en el Registro de la Propiedad Intelectual www.mcu.es