Como muy bien le ha dicho Dark Satan, no es obligatorio ni inscribir una propiedad, ni incribir el arrendamiento en el registro de la propiedad, a no ser que en éste último caso alguna de las partes quiera hacerlo por lo que los gastos que ocasione corren a cargo del interesado. La fianza se deposita en el organismo correspondiente a este efecto de su comunidad autónoma pero no en el Registro de la Propiedad.
Hola, buenas tardes. ¿Es ilegal no presentar copia del arendamiento y la fianza ante el registro de la propiedad?
¿Si acudo al registro de la propiedad puedo tener acceso a si un piso o casa se halla inscrito ahí?¿es denunciable?