Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Registro de la propiedad

2 Comentarios
 
26/05/2004 09:12
En principio el contrato privado suscrito entre la inmobiliaria y tu abuelo es nulo de pleno derecho al haber dispuesto la citada inmobilia de un bien que ya no era suyo dado que meses antes otorgó escritura pública en favor de terceras personas.

No obstante lo anterior expresas que el contrato data de hace más de treinta años y es de suponer que tu abuelo compró y tomó posesión del bien actuando como dueño durante todos esos años hasta su fallecimiento. Si ello es así, la propiedad de la vivienda os puede pertenecer o ya pertenecía a tu abuelo por usucapio o prescripción adquisitiva según lo dispuesto en el art. 1959 CC.

Un saludo.
25/05/2004 13:09
Entiendo que eso parece mas bien una estafa. No se que opciones tienes. A ver que te dicen los profesionales.
Registro de la propiedad
24/05/2004 14:22
Buenos días, les cuento mi caso por si pueden darme una pista. Mi abuelo fallecido tenia una vivienda que en su dia (hace 40 años) compro mediante contrato privado. A la hora de ponerla a nuestro nombre vemos en el registro de la propiedad que la inmobiliaria que se la vendio la habia vendido un mes antes a otras dos personas. Nosotros seguimos pagando la contribucion de la misma desde hace años. La inmobiliaria ya no existe, si bien creemos que existe un liquidador. Que opciones tenemos??. Cuanto tiempo y dinero nos puede llevar?? Gracias por su atención.