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registro de la propiedad

1 Comentarios
 
Registro de la propiedad
08/02/2004 20:04
Mi marido y yo, de novios, nos compramos un piso. Nos casamos unos años más tarde en Cataluña. El ha decidido abandonar la relación y cederme el piso y la hipoteca. Deseamos hacer los trámites lo antes posible y la separación tardaria unos 3 meses. Suponemos que habremos de ir al Registro de la propiedad para hacer el cambio de titularidad. ¿que nos costaria si lo hacemos por división de condominio?¿es lo mismo que una adjudicación? ¿que tiempo tardaría en ser efectivo el cambio de titulares?¿que impuestos hay que pagar? ¿hay que hacer otra clase de trámites a parte? ¿puede el banco oponerse al cambio de titularidad? ¿Nos saldria mas a cuenta separarnos primero y hacer los cambios del nombre del piso despues? gracias
09/02/2004 07:56
Cester, entiendo que la solución a vuestro problema pasa por la presentación ante el Juzgado de Familia de un Convenio Regulador de la Separación donde, además, se liquide bien la sociedad de gananciales bien el régimen de separación de bienes, todo ello, arrojando el resultado que tu misma propones: quedarte con el piso y el pago de la hipoteca. Esta solución supone un ahorro a todos los niveles dado que el testimonio de la sentencia homologando el convenio regulador es directamente inscribible en el Registro de la Propiedad (es raro que te exijan su protocolización notarial) y las adjudicaciones que tienen su origen en la liquidación del régimen económico matrimonial están exentas del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Por otro lado, la situación con el banco titular de la hipoteca no puede variar sin su consentimiento, cuestión que en tu caso únicamente afectaría a la responsabilidad personal de tu marido a los efectos prevenidos en el art. 1.911 del CC. Ello quiere decir que tu marido, con independencia de la garantía que supone para el Banco la hipoteca y su ejecución con la pérdida del piso, sigue siendo deudor del Banco y responde con sus bienes presentes y futuros del pago del crédito. Ahora bien, siempre cabrá renegociar la hipoteca o cambiar de entidad bancaria para solucionar este problema.
Para más información te dejo mi e-mail: agustincaeteabogado@yahoo.es.
Un saludo.