No le va a costar más dinero escriturar su vivienda en el Registro de la Propiedad, porque tal y como le han comentado, es un derecho.
Por otra parte, me parece terrible que no inscriba una vivienda que YA ES SUYA, y que no le ha costado nada (salvo impuestos) porque la ha heredado para poder conseguir una de protección oficial, que están pensadas para personas que no pueden acceder a la vivienda. Eso es una trampa a la ley, así va el país como va.
Muchas gracias 1996, entiendo con lo que me dice que yo puede inscribirla cuando lo desee y únicamente pagaré la cuota que este vigente en ese momento. Sabe más o menos en que cifra nos movemos.
Gracias de nuevo
¿multa.. de que?. El Registro de la Propiedad es un "derecho" no una "obligación", por lo tanto Vd. puede o no inscribir sus propiedades, cuando lo desee. El coste siempre será el mismo, salvo actualización de costes que son mínimos.
Cosa distinta es el tema de las viviendas de protección oficial, en el cual no puedo asesorarle y probablemente se refieran a que si ha optado a una de ellas en base a una información, digamos.. no completa, ya que si era propietario de una vivienda de regimen libre, podrían hacerle devolver las bonificiaciones recibidas con sus correspondientes intereses.
Buenos días
Hace unos 8 años herede una casa, la cual escrituré a mi nombre pero no pase por el registro porque así me asesoró el abogado, ya que se la inscribía no podría optar a una vivienda de protección oficial.
Me acaban de comentar que si lo na inscribo, cuando lo haga van a hacer pagar mucho dinero e incluso puede que lleva una multa.
Eso es cierto??
Gracias por vuestra ayuda