Buenas tardes:
El día 27 de diciembre de 2017, he adquirido una vivienda abonada íntegramente con ahorros sin necesidad de adquirir ningún préstamo. Bien, dicha vivienda procede de un embargo bancario, la cual consta en el Registro de la Propiedad a nombre de la sociedad A. La sociedad A, ha sido absorbida por la sociedad B, con disolución sin liquidación de la primera, adquiriendo todas las acciones representativas de su capital social y con traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad B. En las escrituras de compraventa viene reflejada tal situación, con incorporación a las mismas de Testimonio Parcial donde consta la absorción, esto es, se adjunta la fusión de sociedades íntegramente participadas por el mismo socio único.
Presentada la escritura de la vivienda en el registro correspondiente, se me suspende la misma por falta de previa inscripción a favor de la parte transmitente, es decir, la sociedad B. Participo que en las escrituras viene el testimonio por exhibición de documento con la fusión de sociedades, a lo que el Registro de la Propiedad me contesta que le hace falta la escritura original de Fusión, que no le vale con el Testimonio Parcial con Exhibición de Documento todo ello en base al artículo 18 y 20 de la Ley Hipotecaria.
Ahora tengo que esperar a la remisión de la escritura original para su inscripción por parte del Registro de la Propiedad, ¿no es suficiente con lo aportado en la escritura?
Buenas tarde:
Mi abuelo tiene unas tierras que en su día compro mediante escritura de compraventa privada y no las registro. Cuando nos dimos cuenta que no estaban registradas quisimos hacerlo y resulta que en el catastro están a nombre de un vecino que tiene el mismo nombre y apellidos (los dos) que mi abuelo pero lógicamente con distinto dni. Como podemos subsanar en el catastro esto?? para posteriormente poder registrarla, en el ayuntamiento hemos pedido los recibos de contribución y también figura el dni de la otra persona. En el registro no figuran a nombre de nadie.
Muchas gracias de antemano.