Hola, Bueno pues resulta que al salir de la casa de un familiar, la policia me registro tanto a mi como a mi coche y me cogio el movil y se puso a ver mis fotos personales de wassap y de mi camara, mi pregunta es:
¿Puede la policia hacer esto sin autorizacion?
¿ No supòne esto una violacion de mi derecho a la intimidad?
Como noya aclaratoria no me detuvieron simplemente me registraron
Muchas gracias
Las fotos si no me equivoco no pueden verlas, pero en el teléfono móvil si se puede ver sin autorización el registro de llamadas y la agenda de contactos. Pero NO pueden ver conversaciones privadas. (sms, wassap, etc)
Te pasmas la respuesta que te han dado.
Jajaja.
Un movil es un bien personal. No puede verlo cualquiera.
Solo puede ser intervenido, previa denuncia de tercero (siempre y cuando aporte pruebas de que contiene algo que pueda ser un delito), o por orden judicial (y mas o menos por lo mismo).
Ese Policia se lo paso todo por el forro. Pero la pregunta es, tienes pruebas?.
No verdad?. Pues lo siento. No puedes hacer nada.
Bueno ademas de esto , tambien me hicieron entrar en el domicilio de mi familiar . La puerta estaba encajada y sin pedir permiso entraron y me indicaron que entrara . Este domicilio tiene el patio delante y la casa al final mientras uno me registra el otro empieza a mirar con una linterna el contenido de un cercado en el cual hay un perro y varios gallos asi como una motocicleta de mi familiar y llamaron a la central para comprobar el propietario . en este momento la esposa de mi familiar sale para ver quien es y le digo que la pòlicia y ella vuelve dentro con su hija pequeña ( al entrar en la vivienda sin permiso de ninguna clase ¿no esta allanando la morada de mi familiar?) alli en el patio me registran a fondo haciendo quie me quite los botones de mi pantalon y mirando el contenido de mis calzoncillos y luego me hacen salir del patio a la calle y ya alli registran mi coche que es donde mientras uno miraba en el coche el otro en el movil
No puede entrar a la casa sin autorizacion, o por orden judicial, o si no hay claros indicios de que se esté perpretando un delito contra alguien. Si es por drogas, necesitan orden judicial.
Legolico, está muy mal desprestigiar las respuestas de los demás cuando no se tiene la certeza al 100%.
1º La policía puede mirar la agenda del teléfono móvil de una persona, siempre y cuando, como en todas las actuaciones esté justificado. Pues la agenda de contactos del teléfono móvil es equiparable a una agenda en soporte de papel y por ello está la policía legitimada para poder verlo, siempre de forma justificada.
Pero no hay nada mejor que una Sentencia del Tribunal Supremo para callar bocas.
Sentencia núm. 1315/2009 de 18 diciembre.
2º Es más, para terminar bien el "zas" los SMS que YA han sido leídos por su propietario, la policía PUEDE verlos, sólo los ya leídos, siempre que concurran ciertas circunstancias, ya que la policía tiene una habilitación legal con el objetivo de la prevención e investigación de actividades criminales que la LeCrim encomienda a dicha policía, (art. 282). Pues así lo determina el propio Tribunal CONSTITUCIONAL.
No te preocupes que ten pongo las sentencias para que te las puedas leer, y así la próxima vez que alguien conteste algo, que a tu juicio pudiera ser una barbaridad, pues te lo pienses e investigues antes de decir "te pasmas."
STC 207/96, de 16 de diciembre.
STC 70/02 de 3 de abril.
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años.
Los casos permitidos dentro de la ley, son una investigacion.
Una cosa es lo legal y otra es la ignorancia de los derechos.
A mi me viene un agente de la autoridad, me pide el telefono, y no se lo doy. Se junte el cielo con la tierra. Me lo tiene que requerir por escrito, previamente.
Que me detiene, ok. Antes reviento el movil, y ya veremos que dice el juez.
Constitucion Española.
Artículo 18
Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Si solo hay que leer el segundo comentario del usuario, para darse cuenta que todo es ilegal. Abuso de autoridad, e ignorancia de los sujetos pasivos.
Y por ende, ver las fotos... bueno, eso ya es el colmo.
Imaginate que entre ellas está la de su pareja en bolas. Ya no violan la intimidad del chico (Descubren Secretos), sino la intimidad muy sensible de la chica.
Si fuese una investigacion, SE REQUIERE. No se cotillea insitu. Salvo en caso de flagrante delito.
Que me dices con todo eso que has puesto, que lo que cuenta el usuario te doy la razón, es un ilegalidad.
Sobre el resto que has ido indicado artículos y CE, debe ser que no has leído bien lo que puse, porque bien pone lo siguiente: que debe de ser de forma justificada y cuando concurran ciertas circunstancias.
Así que entendemos por justificado y por ciertas circunstancias todos los párrafos que has puesto a posterior, derechos y circunstancias (una investigación, delito flagrante).
Esto pusistes tu:
Las fotos si no me equivoco no pueden verlas, pero en el teléfono móvil SE SE PUDEN VER SIN AUTORIZACION el registro de llamadas y la agenda de contactos. Pero NO pueden ver conversaciones privadas. (sms, wassap, etc)
Error.
La investigacion es la autorizacion. Por lo tanto, sin autorizacion no pueden ver el contenido de efectos personales, en este caso, un movil.
Y la investigacion esta iniciada por el previo delito o denuncia previa. Valorandose la gravedad del delito, y así el requerimiento o investigacion insitu.