Es correcta la actuación, mientras a usted le hagan entrega de documento o copia con acuse de recibo, no tiene por que hacerse delante de usted precisamente.
Me persono en unas dependencias de la Administración Pública a registrar un documento. Me dice el Conserje, que no puedo entrar, y procede a llamar al personal encargado del registro para que salga me recoja el documento llevárselo a su oficina registrarlo y posteriormente salir de nuevo y hacerme entrega del mismo. ¿Se puede hacer? ¿Tengo derecho a entrar en la oficina del registro y presenciar el trámite de registrar mi documento? ¿Me pueden negar el paso?