Especialmente la dación de fe pública en el ámbito judicial, en este caso más bien "registral", carácter con que se ejerce la facultad propia de documentación (una de las funciones que integran la jurisdicción, según decía alguna doctrina procesalista).
Por lo demás, nada fuera de lo habitual, las normalmente previstas en la LOPJ y en el reciente reglamento orgánico, derivadas de su carácter técnico.