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Registrar mi matrimonio peruano en España estando en España.

2 Comentarios
 
Registrar mi matrimonio peruano en españa estando en españa.
24/03/2011 01:02
Buenas, soy español y me casé en Perú el dia 10 de febrero con mi esposa peruana. El problema es el siguiente yo quise registrar mi matrimonio en el consulado español de Lima, y bueno me pedian requisitos que tardaban en tramitar, pues todosl los requisitos que pedian los tramitamos y pedimos cita en el consulado con la sorpresa de que era justo el mismo dia en el que yo viajaba, y no pudimos entregarlos en el consulado.
Y como yo no sabia nada por que no tenia nadie que me explicara me traje dichos papeles que arreglamos a españa pensando que aqui podria legalizar nuestro matrimonio. Mi duda es ¿si puedo registrar nuestro matrimonio en Perú estando en España? por favor ayudenme.

Muchas gracias.
24/03/2011 03:19
Hola. Si usted se encuentra en España, debe efectuarse primero la inscripción en el Registro Civil Central y luego este, por traslado, comunica la inscripción al Registro Civil consular, de la demarcación consular en la que se hubiera contraído matrimonio; le copio la disposición pertinente que indica lo que le estoy diciendo:

Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento de Registro Civil:

"Artículo 68.

Los nacimientos, matrimonios y defunciones, se inscribirán en el Registro Municipal o Consular de sitio en que acaecen, cualquiera que sea el domicilio de los afectados, la incardinación de la parroquia o el lugar de enterramiento.

Cuando sea competente un Registro Consular, si el promotor estuviere domiciliado en España, deberá practicar antes la inscripción en el Registro Central y después, por traslado, en el Consular correspondiente.

A los efectos de la inscripción dentro de plazo de nacimiento en el Registro Civil del domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos habrán de concurrir las condiciones establecidas en el artículo 16.2 de la Ley y la justificación del domicilio se realizará por exhibición de los documentos nacionales de identidad oportunos, o en su defecto, por certificación del padrón municipal.

El solicitante o solicitante de tal inscripción deberán manifestar, bajo su responsabilidad, que no han promovido la inscripción en el Registro Civil correspondiente al lugar del nacimiento y acompañarán una certificación acreditativa de que tampoco se ha promovido la inscripción por la Dirección del Centro Hospitalario en el que tuvo lugar el alumbramiento.

En estas inscripciones se hará constar expresamente, en la casilla destinada a observaciones, que se considera a todos los efectos legales que el lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que ha sido practicado el asiento."

Por tanto, si usted, que es el promotor e interesado en que se inscriba, ya está en España, tendrá que hacerlo en el Registro Civil Central, en Madrid (si vive en la capital, no le representará los inconvenientes que le representan a quien no vive en Madrid), que una vez inscrito, por traslado, se deberá inscribir en el Registro Civil Consular de Lima.

REGISTRO CIVIL CENTRAL
C/ Bolsa 1
28012
MADRID

Horario de atención:
De 9:00 h. a 14:00h.

Teléfono : 902007214

Si no vive en Madrid, lo podrá presentar en el Registro Civil del lugar en el que viva, de acuerdo con el principio de proximidad y así evita tener que desplazarse; el Registro Civil de su localidad se encarga de remitir el expediente al Registro Civil Central, a Madrid.

Debe saber, aunque tal vez esté ya informado por la prensa, que el Registro Civil Central lleva un retraso considerable.

Un cordial saludo.






20/02/2012 11:27
ola