Hola.
Quería exponer mi situación por si alguien me puede ayudar. Gracias.
Mi hermana falleció cuando mi sobrina tenía 4 años. Desde entonces el padre nos ha puesto mil barreras para no ver a la niña. La hemos estado viendo dos horas a la semana por decisión de él y cuando el quería, desde mayo no la vemos (hace ya 10 meses). Tampoco la deja saludarnos por la calle. Han pasado 6 años y mi madre está casi decidida a denunciarlo ya que nos han comentado que tiene derecho a ver a su nieta y yo como tio también. Quería saber si es necesario que la menor declare (esto es lo que nos frena), cuanto suelen tardar los juicios y en caso de tener derecho a que tendríamos derecho mas o menos. Mientras se denuncia y sale juicio hay alguna formar legal u oficial que podamos verla?
GRACIAS
De los tíos no se dice nada, pero los abuelos sí tienen derecho, incluso a pernoctar con ellos en las distintas vacaciones escolares he conocido casos, algunos días al mes.
Yo te aconsejo que le digas al padre que si se niega a permitir las relaciones abuelos-nieta que iréis a juicio. Y si insiste en seguir en la misma situación, pues buscaros un buen abogado (para no perder el tiempo) y a juicio. A un conocido le costó unos 3000 euros, creo recordar. Merece la pena, no es justo que abuelos y tíos estén anulados sin razones objetivas.
Ingri gracias por tu respuesta.
¿Sabrías decirme tiempo mas o menos aproximado que tarda el juciio desde que se notifique la denuncia? ¿Tiene que declarar la menor? ¿Hay alguna forma de que lo obliguen a que la veamos mientras se produce el juicio?
Lo siento pero tenemos muchas dudas y miedos.
Gracias.
En el caso que conozco no tuvo que declarar la menor. Tardó menos del año. Hasta que no haya sentencia, no se le puede obligar al padre.
Miedo ninguno. Derechos lo tienen sólo los abuelos, independientemente de que los tíos estén o no, la responsabilidad es de los abuelos.
Conozco el caso de que por miedo a destruir un matrimonio, los abuelos y tíos paternos se están quedando sin conocer a sus nietos y sobrinos, respectivamente, e incluso que los mismos nietos, provenientes de distintos hijos, es decir, los primos hermanos, no se pueden conocer en la misma ciudad, eso sí que es triste. Esa abuela podría hacer tanto... pero no se mueve, por miedo a la separación de los dos progenitores, a que haya conflicto entre ellos... y para evitar eso... esa abuela ve a los nietos de cumpleaños en cumpleaños (de los dos niños) y esos primos hermanos no se pueden conocer y los tíos tampoco. ESO SÍ QUE ES TRISTE . Me entra la duda de cuál es el bien del menor, de ese que tanto hablamos, lo mismo por el bien del menor, lo mejor es no meterse en medio y dejarlos en ese mundo de yupi en los que los padres le quieren criar. En esos momentos, me entra la duda sobre lo que es el bien del menor, cuando el bien de los restantes familiares se está anulando. Yo soy defensora de que el menor ha nacido en un entorno familiar, y no se puede anular a nadie de ese entorno porque unos progenitores consideren que el bien del menor es anular a la familia, en este caso paterna y sin motivos justificados. Esos niños están siendo condicionados por los progenitores a criarse sin conocer y relacionarse con parte de la familia, por supuesto que el bien del menor está salvaguardado, pero y ¿el bien de esa familia? ¿es legítimo el derecho a relacionarse con ese menor?. No lo sé, sólo sé que la justicia le da derecho a los abuelos, no sé si por el bien del menor o por qué lo hace.
Así que los abuelos tienen la palabra de que, entre otras cosas, unos primos hermanos se conozcan o no.