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Régimen laboral de las trabajadoras de líneas de tarot?

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
22/08/2023 00:23
batboy
Hola,de momento el tema es el mismo,ellos en su línea,desde la visita de la inspección que sí se notó, después se han relajado,el problema viene porque hasta ahora han acampado a sus anchas y cada vez hay más personal que han alzado la voz,lo bueno que al trabajar en plataformas digitales,recabar pruebas es muy fácil,te aseguro que son escandalosas y mira que las intentonas de sublevar al personal a veces es de forma sutil pero el sistema digital muestran sus fallas.mi caso empieza a moverse a partir de septiembre,he tenido tiempo suficiente para tener pruebas de que he estado en un sistema vergonzoso de trabajo,hasta te ríes de ellos porque la guerra la voy a ganar, continuará...
21/08/2023 12:19
Justi17
Buenas, sí, absolutamente de acuerdo, no me refería al ejercicio de la profesión del Tarot, respeto todas las profesiones, sino al régimen bajo el cuál trabajan, en el que incluso tienen que aportar su propia línea de teléfono, cuándo en realidad es un trabajo por cuenta ajena, ud. mismo lo ha dicho, falsos autónomos como ocurre en el sistema de reparto de comida a domicilio, con marcas tan conocidas como globo, justit y demás parásitos que mediante una plataforma digital, abusan de los más necesitados. Ignoro como está el tema ahora, porque parece ser que algunas denuncias han recibido ya, y posiblemente hayan salido mal parados, pero mientras los beneficios de incumplir la ley sean mayores a los perjuicios la situación seguirá rampante.
20/08/2023 17:48
batboy
Buenas tardes,actualizo situación,la inspección acudió pero con 7na subinspectora recién licenciada, dejó caer en el informe que sí habían indicios de ser falso autónomo pero no quiso ahondar y lo trasladaba a lo social,se ha interpuesto una demanda que la tengo ganada de antemano,contratos mercantiles que son un tufo,correos,grabaciones de llamadas,horarios incontrolados,en fin,que lo barato les va a salir pero que muy caro,ya está bien! Recomiendo una demanda directa con un buen abogado laboralista,no pierdes el tiempo.
26/03/2023 20:36
batboy
Hay irregularidades y muy graves,llevan el mismo sistema que en globo y similares.
26/03/2023 19:39
Justi17
No hacer contrato, o contrato mercantil, cuando es cuenta ajena, no pagar cotizaciones, obligar a poner tus propios medios cuando es cta.ajena, alguna irregularidad parece haber, pero vaya puedo equivocarme.
26/03/2023 19:02
batboy
A qué le llama ilegal a ser tarotista? Está regularizada por ley ésta profesión y muy localizada,teletrabajo y en tu casa,es una profesión más.
26/03/2023 18:54
batboy
Hola! De momento lo ilegal es lo de falso autónomo, después ya se verá en qué convenio queda todo trabajo,de momento es en convenio de telecomunicaciones_teleoperadora,tengo un abogado y estamos esperando respuesta de la inspección que por cierto prospera,gracias por responder.
26/03/2023 18:53
batboy
Hola! De momento lo ilegal es lo de falso autónomo, después ya se verá en qué convenio queda todo trabajo,de momento es en convenio de telecomunicaciones_teleoperadora,tengo un abogado y estamos esperando respuesta de la inspección que por cierto prospera,gracias por responder.
26/03/2023 17:58
Justi17
Buenas tardes, me temo que una simple denuncia en Inspección no será suficiente para sus intereses, le va a tocar reclamar ante lo Social, para que le reconozcan sus derechos, fundamentalmente las cotizaciones, y su sueldo mensual, que en este caso como es un contrato mercantil, le pagarán en función de minutos o no sé qué baremos utilizan. Es tal como han dicho en la respuesta previa, es un gremio o actividad rodeado de ilegalidades, precisamente porque permiten una deslocalización y un régimen de trabajo desde la propia casa y por consiguiente díficilmente controlable por las instituciones, que de ésta forma tienen difícil regularizarlas. Como se ha dicho, en post previos, se carece de convenio por lo que queda íntegramente regulada su relación laboral, por el Estatuto de los Trabajadores.
26/03/2023 00:51
Justi17
Es muy raro que hagan contratos como Dios manda en plataformas de tarot,son falsos autónomos,trabajas bajo las directrices de éstas mafias,las condiciones las ponen ellos,eso sí,la cuota de autónomo pagalas tú,ellos ya te ponen las condiciones de trabajo.no os calleis y denunciar a éstas empresas inframundas.una vergüenza.
25/03/2023 23:41
Sara1627
Trabajo como tarotista y lo he denunciado a la inspección de trabajo,por falso autónomo
11/01/2023 06:46
Hola es posible una recomendación de empresa, donde estoy me hicieron trabajar por todo el mes de diciembre y no me pagaron
11/01/2022 22:29
Hola! Llevo 5 meses trabajando en una línea de Tarot.
Trabajo 40 hrs.semanales pero estoy dada de alta solo 20hrs.
Me pagan 0.15 € minuto pero todo lo que viene en Nómina sale de los mts que hago.
Tengo contrato como telefonista y lo que sale de más me lo incrementan como "plus" por actividad.
Mi pregunta es:
Si pido la reduccion de jornada a 20hrs como estipula el contrato,¿deben pagarme lo que por ley es la nomina de 20hrs aunque no hiciese ese dinero con mis mts?
Y,si pido un acuerdo de despido para acceder a paro y se niegan,¿podria denunciar por tenerme asegurada en menos hrs?
¿O con pagarme ese plus por actividad (aunque sea miserable por 20hrs a lo estipulado en contrato)se han cubierto legalmente?
Puedo demostrar las 40 hrs trabajadas
¿
07/09/2020 17:01
Sabila73 ( Eva) perdon, me equivoqué de alias,
Si pudiera contestar te lo agradecería,
Saludos
07/09/2020 16:46
Hola,Jamgrrhh28, (Eva) me podrías informar, si pudiste solucionar el problema que tuviste, en el trabajo de tarotista?
Los pasos que diste, me pasa lo mismo. Gracias, Feliz dia
03/06/2019 14:35
Sibila73
En cuanto a lo de que no puede reclamar finiquito, si puede, indemnización no porque se fue usted pero finiquito que sería la parte proporcional de pagas extra, (como el salario es por hora trabajada ya estaría incluido), la última nómina sobre el tiempo trabajado y las vacaciones esos , 22,5 días, esto sería el finiquito y a eso si tiene dcho.
Puede acudir a un sindicato y si les llevarán el caso lo que pasa es que los servicios jcos del sindicato para los no afiliados cobran como si de un particular s tratase.
Los cálculos realizados son en base al ET como ley de mínimos al desconocer si debería estar en un convenio que seguramente sí por tratarse de una radio habría que ver el convenio correspondiente, seguro que tanto el salario mayor, como las horas a realizar, menos al año por lo que sería un precio superior
03/06/2019 14:22
Jamgrrhh28
MUCHÍSIMAS GRACIASSSSSSSS
Nadie de las instituciones me ayuda, me dicen que acuda a un sindicato, y al no estar sindicada, me dicen que tampoco. Sólo quería saber a cómo está la hora normal y la extra, para poder sumar y presentar denuncia en la Junta de Conciliaciones.
Miles de gracias, no sabes el bien que me has hecho!!!!!
Bendiciones
03/06/2019 14:17
Sibila73
Como era un sitio con plataforma en radio, hay llamadas grabadas, incluso en directo en la radio, mensajes de Whatsaap de mi jefe y mi jefa, fotos con el equipo de esa línea de tarot (mi jefa presentó un libro y estamos en la foto todo el equipo de tarotistas, las pusieron en las redes sociales de ésta emisora y en los Facebooks de ellas), los estractos de banco de los pagos (aunque mi jefe ponía "Ayuda", más su nombre y apellidos). Vamos, pruebas no me faltan.
No puedo pedir finiquito porque me fui yo, pero lo demás, legalmente me han dicho que sí, en la Inspección laboral de Sevilla.
03/06/2019 14:15
Sibila73
9 meses de trabajo al 90% de jornada suponen 1233 h a razón de 137 h/mes.
Salario en bruto al 90% en 9 meses 8505 € a razón 945 €/mes.
Precio hora ordinaria 1233/8505 = 6,9 €/h con descuentos 6,32 €/h
Salario bruto mensual 945 €/mes en neto o líquido a percibir, (con un IRPF del 2% ) 866,09 €/mes y en 9 meses se habrían generado 22,5 días de vacaciones, (en bruto)
30 días de vacaciones suponen 945 €, 22,5------- X, por tanto 708,75 €.
Ya le digo, todo esto si puede demostrar haber trabajado para esa empresa...
SMO
03/06/2019 14:01
Sibila73
Si no tiene CTO y ahora ya no trabajo la hora no le saldrá a nada, debió demandar en su momento, como piensa demostrar que estuvo trabajando? Trabajaba usted totalmente en "B".
En el supuesto que pueda demostrar que ha estado trabajando y ante la falta de convenio iríamos al ET, por ser una ley de mínimos, en esta se fija una jornada anual de 1826,27 h/año para un trabajador al 100% de la jornada lo que serían 40 h/sem, como usted realiza 36 h/sem, su jornada sería del 90 %.
En cuanto al salario según el ET sería al menos el SMI por tanto para el año para un trabajador al 100% de su jornada serían 12600 €/año como usted sería al 90% serían 11340 €, (esto en bruto osea antes de descuentos y por un año usted nos dice que ha trabajado 9 meses.
(Sigo)