Informaros que por fin recibí el certificado literal del régimen matrimonial. No me explicaba nada, solo lo que ya tenía en el certificado matrimonial internacional, así seguía igual que estaba, además había perdido 4 meses de tiempo.
Gracias a la información de compañeros del foro fui a un notario e hice un acta de notoriedad para la acreditación del régimen matrimonial. Ahora esta acta está en el registro central, a ver ahora cuanto tardan en enviarlo.
Saludos a todos y muchas gracias de nuevo a los compañeros del foro por su valiosísima información
Hoy he hablado telefónicamente con el registro civil central en Madrid y me dicen que hasta que me envíen el certificado económico matrimonial todavía pueden pasar 4, 5 meses o más.
Incluso pidiendo cita por internet, hasta el 19 de diciembre está todo ocupado, y si no tengo allí a nadie que me haga el favor me tengo que desplazar 450 km.
Increíble que para un certificado haya que esperar tanto tiempo
Como el matrimonio se regegistro en el consulado español en Alemania, he solicitado un certificado literal de matrimonio al Registro Civil Central en España.
Es de esperar que el certificado ponga que estamos casados en el regimen matrimonial aleman y asi ponerselo mas facil a los notarios para la subsanacion de las escrituras donde pone que estamos en el regimen de gananciales
Saludos cordiales y gracias por vuestra ayuda
Muchas gracias Carlos por tu aclaración.
Creo que no va a ser fácil encontrar aquí en la zona un notario que sepa la ley de los otorgantes, en este caso español y alemana. Estuve en otra notaria en San Javier para hacer un testamento, y mas o menos lo mismo
La ley personal que rige para su matrimonio no es el Código Civil, sino el correspondiente alemán (el BGB) que prescribe que el mismo está en "separación de bienes con participación en las ganancias". Esto significa que cuando firmaron ustedes esas escrituras, el notario, de conformidad con el Reglamento, debió poner que (compraban o declaraban la obra) "con sujeción al régimen matrimonial alemán" puesto que la norma de conflicto española, que es la que determina la competencia, establece que los matrimonios serán regidos por la ley personal común de sus componentes, que se completa en su caso, si no tiene nacionalidad alemana, con la aceptación explícita de la que le correspondía cuando contrajo matrimonio, es decir, de la alemana. Deben por tanto cambiar de notario y hacer una escritura aclaratoria, subsanando la comparecencia de esas dos que menciona, de conformidad con el régimen matrimonial alemán. Es una escritura subsanatoria habitual. Me casé hace muchos años en Itzehoe (norte de Hamburgo) y soy un abogado veterano con una ingente cantidad de escrituras a la espalda, así que dígale al notario que le vamos a corregir lo relativo a las normas de conflicto (arts 8 y ss del CC) y que se entere de cuál es la ley personal de los otorgantes.
Muchas gracias por la información.
Eso mismo es lo que yo pensaba, que tenía el régimen matrimonial alemán que es el de participaciones, pero un notario aquí en España (Murcia) me dice que estamos casados en gananciales porque el código civil español así lo dice.
Todo esto ha surgido revisando una escritura de compra y otra de obra nueva con fechas de 27 de Diciembre de1985 y 27 de Mayo de 1987 donde dice que compramos en gananciales, posiblemente por desconocimiento del notario y mío cuando hicimos las escrituras. (Las adquisiciones están hechas en España)
Hace unos días recurrí a al notario para corregir el error y me dice que ha estado estudiando el caso y que según él, nuestro régimen matrimonial es de gananciales por habernos casado antes del año 1990 y porque lo pone en la escritura de obra nueva.
Sigo teniendo dudas y creo que estamos casados en el régimen matrimonial alemán.
El régimen económico matrimonial no cambia con la residencia; tan solo por acuerdo entre los cónyuges. Usted conserva exactamente el mismo régimen matrimonial que en 1985. En Alemania se trata de un remix separación de bienes-reparto de las ganancias obtenidas por el matrimonio, más o menos como el régimen de participación español.
Salvo que otra cosa se establezca, el régimen económico es el que por defecto se aplica en el lugar donde se celebra el matrimonio. Será el que establezca la legislación alemana en la región de la boda.
Regimen economico matrimonial esposo español y esposa alemana
Buenos dias, a ver si alguien por favor me pudiese informar.
Me gustaria saber el regimen economico matrimonial de un matrimonio esposo español y esposa alemana, casados en Alemania el año 1985. Año y medio despues de casados traladaron su residencia a España. La boda se celebro en el Ayuntamiento de un pueblo aleman.
Saludos y gracias de antemnano