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Régimen económico matrimonial de extranjeros.

1 Comentarios
 
20/06/2018 12:53
Anónimo
Artículo 9.2 del Código Civil:
"Los efectos del matrimonio se regirán por la ley personal común de los cónyuges al tiempo de contraerlo; en defecto de esta ley, por la ley personal o de la residencia habitual de cualquiera de ellos, elegida por ambos en documento auténtico otorgado antes de la celebración del matrimonio; a falta de esta elección, por la ley de la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración, y, a falta de dicha residencia, por la del lugar de celebración del matrimonio."

A falta de capitulaciones y de vecindad civil, entiendo que se regirá por la ley del lugar donde se produzca el matrimonio y donde residan, esto es, por la balear, y por tanto, estarían en régimen de separación de bienes.
Régimen económico matrimonial de extranjeros.
perfil Anónimo
20/06/2018 12:47
Hola compañeros,
Tengo un asunto en la mesa que no logro resolver, por más vueltas que le doy.

Se trata de un divorcio entre un ciudadano sueco y una británica, se casaron en Menorca, donde han residido habitualmente y no otorgaron capitulaciones matrimoniales.

Como sabéis, en las Islas Baleares, a falta de capitulaciones, rige el REM de separación de bienes, que en principio a falta de nacionalidad común de estos cónyuges sería el que entiendo se debería aplicar por ser su lugar de residencia habitual tras el matrimonio, pero claro, al no ser español ninguno de los dos tampoco se puede entender que tengan la vecindad civil de las Islas, que es la que determina si uno se casó con sujeción al régimen de separación de bienes... por lo que me estoy planteando también si no sería de aplicación en este caso el general de gananciales, que es el supletorio...

En fin... me estoy liando. He consultado con compañeros de mi plaza y hay opiniones para todos los gustos... alguna experiencia que hayáis tenido con extranjeros casados en territorios donde aplica el REM de separación de bienes o alguna jurisprudencia? No logro encontrar nada...

Muchas gracias.