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regimen de visitas y pension

3 Comentarios
 
Regimen de visitas y pension
10/09/2004 11:41
buenos dias,estoy en tramites de separacion y divorcio,uesto que aunque hemos convivido hasta hace poco,los 2 ultimos años solo ha habido convivencia,pero no relacion y hemos pensado hacer las 2 cosas al mismo tiempo,mas que nada por ahorrar gastos.mi duda es la siguiente,he estado casado 10 años,tenemos un hijo de 8 años y no tenemos casa,pues por circunstancias de trabajo he sido un poco nómada y no compramos casa en ningún lugar,ahora me he establecido en una empresa y gano 1200 euros netos mensuales,ella se irá con mi hijo a casa de sus padres a cantabria y yo me quedaré en madrid y como podeis imaginar,poco podré ver a mi hijo aunque la decision de marcharse es irrevocable,es decir no se quedará en madrid por nada del mundo y quiero saber cual seria en esa circunstancias mi régimen de visitas y que pensión me corresponderia pagar,pues ella dice que me va a sacar hasta los ojos y yo quiero saber cuanto me costaria aproximadamente mi ceguera.
gracias y saludos
10/09/2004 11:52
para solicitar el divorcio es necesario el cese efectivo de la convivencia conyugal durante dos años ininterrumpidos.
en el caso de poder solicitarlo, lo podeis hacer de mutuo acuerdo o contencioso. si es de mutuo acuerdo el remgimen de visitas y pension sera el que vosotros mimsos estipuleis. ahora bien, si acudis a la via contenciosa, sera el juez quien detmernie esos extremos. normmalmente, el regimen de visistas son fines de semana alternos, vacaciones de navidad, semanda santa y verano por mitad.
por lo que respecta a la pension de alimentos dependera no solo de tus ingresos sino tambien de los gastos que tengas. existen unas tablas orientativas, mas o menos el 25% de tus ingresos.
espero haberte aclarado algo. un saludo y suerte
12/09/2004 18:26
Lo hagas de mutuo acuerdo o contencioso tendrás que acreditar el cese efectivo de la convivencia conyugal. No basta con presentar un simple convenio regulador o decirlo así puesto que las normas que regulan el divorcio son normas de orden público. Te recomiendo que en caso de duda plantees primero la separación y luego el divorcio no sea que por ahorrar gastes más dado que en el supuesto de que te desestimaran la demanda de divorcio tendrías que empezar de nuevo por la separación. También tienes otra vía: dice el gobierno que en enero entrará en vigor la reforma del código civil en esta materia y podrá pedirse el divorcio de forma directa. Cómo? chi lo sa.
13/09/2004 12:28
para probar el cese efectivo de la convivencia conyugal,seria necesario que lo hubieras realizado ante notario o bien, si cada uno de los conyueges residiese en diferentes domicilios a través del padron municipal.
como comentas que habeis continuado residiendo en la msima vivienda, es dificil probar ese cese de la convivencia, por tanto, es bastante complicado iniciar tramites de divorcio.
un saludo