Quisiera saber si cuando una comunidad de bienes que realiza una actividad empresarial y tributa mediante el régimen de módulos, al hacer los pagos fraccionados, se realizan a nombre de la comunidad o si cada comunero tiene que hacer pago fraccionado por la parte que le corresponde y a su nombre.
Muchas gracia por su ayuda
Cada miembro de la comunidad de bienes debe realizar el pago fraccionado de IRPF por la parte proporcional a su partcipación.
Igual que los que estan en regimen de estimacón directa.
Por cierto, no os olvideis de presentar el modelo 184 en el mes de marzo de cada año.
Gracias Gnesta por tu ayuda, pero entonces me surge otra duda, cuando se haga la declaracion anual de la renta, cada uno tendrá que poner en el apartado de actividades economicas su parte correspondiente?. ¿Y tambien tendrá que declarar en el apartado de atribucion de rentas (comunidades) la parte que le corresponde?¿Entonces no tributara por duplicado?
Muchas gracias.