Concuerdo.
El matrimonio es un derecho fundamental refconocido en la CE en el art. 32, es decir para todos.
Sin embargo, aún habiéndose casado a su para entonces cónyuge no le podrá aplicarse el régimen comunitario pues no es un sujeto que se contempla legalmente por lo que habría que pasar al régimen general y cumplir con la normativa correspondiente.
Si en tu tarjeta de familiar comunitario pone que tu residencia depende de otra persona, te puedes casar pero no podrás reagrupar a tu pareja. Para esto será necesario que pases al régimen general y consigas una residencia independiente, y que demuestres que tienes medios de mida suficientes para mantenerle.
Hola
Soy residente española por regimen comunitario, tengo 22 años y vivo con mi madre aca en España. Tengo mi pareja en Cuba y quiero casarme con el cuando vaya dentro de unos meses. Mis preguntas son. Puedo casarme con el? Puedo traerlo a vivir conmigo a España? Como lo puedo hacer? Puedo despues optar por mi nacionalidad? Que me aconsejaria?
Un saludo y muchas gracias.