Hola, busco algún tipo de ayuda con mi caso ya que no encuentro ningún tipo de información online acerca del mismo.
Yo soy de República Dominicana y soy Pareja Registrada de un Británico en Madrid. La tarjeta que me han concedido es de "Familiar de Ciudadano de la Unión", Anverso "Régimen Comunitario".
Pues mi pareja me ha pedido que por favor vayamos a Inglaterra a conocer al resto de su familia que no ha podido venir a España, y mi duda surge en si yo por ser de nacionalidad dominicana necesito buscar una visa para entrar a territorio británico? O si el régimen comunitario me cede algún tipo de beneficio para visitas de corta duración?
He leído muchas opiniones que se contradicen y en la embajada británica no ofrecen información, así que no se a quien acudir, ni como informarme sobre el tema para no tomar riesgos.
Gracias de antemano a cualquier orientación que me puedan ofrecer :-)
Si es dominicana, necesita visa para ingresar en el Reino Unido. Es indiferente que sea residente legal en España y que sea beneficiaria del régimen comunitario.
El Reino Unido NO FORMA PARTE del espacio de Schengen, por tanto, no hay libre circulación por sus fronteras. Todas las personas, comunitarias y extracomunitarias, deben pasar por control de pasaportes. Y entonces, deben sujetarse a las exigencias que la normativa del Reino Unido establezca para el cruce de sus fronteras exteriores.
Puede consultar en la siguiente página web del UK BORDER AGENCY, que es el ente británico competente en materia de Extranjería e Inmigración. Ya he consultado su caso en el ordenador y sale:
"YES, you do need a visa to visit the UK:
you are a national of Dominican Republic.
you are coming to UK to Visit.
you are normally and legally living in Spain."
Puede consultar usted misma en esta dirección:
http://www.ukba.homeoffice.gov.uk/
Su pareja de hecho, puede solicitar para usted una visa, alegando que son pareja de hecho en España, que podría facilitar las cosas. Pero, debe solicitar la visa, no está eximida de ella y no debe arriesgarse a viajar sin la visa. Obtenerla no es difícil. Pero solo se tramita a través de la Embajada del Reino Unido en Madrid, por lo que si reside fuera debe desplazarse o tramitarla vía correo y efectuar el pago de la tasa fijada.
La Embajada británica no ofrece información, porque no es materia de su competencia, sino del UK BORDER AGENCY, que es el ente estatal especializado en la materia. Para conceder las visas siempre tienen que consultar con el UK BORDER AGENCY y hacen lo que desde ahí les indican. Por eso, si tiene dudas, contacte directamente con el UK BORDER AGENCY.
hace tres meses llegue a España con visa de turista, mi pareja (el español) nos registramos como pareja de hecho y/o estable aquí en ibiza estando legal. pero ya se ha venció y no hemos recibido repuesta alguna por parte de ellos. No se que hacer por que quiero tramitar para la tarjeta comunitaria con visa vencida pero con mi pareja no sabemos que hacer.
y lo que me han informado en la comandancia de policía es que tengo que volver a mi país de origen y mi pareja inicia los tramites de reunificación familiar. ¿ pero el hecho es que no quiero irme si no buscar una solución estando aquí?
ademas he leído por algunas paginas de Internet y e preguntado pero varia mucho la informacion.
agradezco la información que me puedan brindar para poder solucionarlo.
hola soy boliviano con nacionalidad española desde hace 1 mes tengo mi esposa que tambien es boliviana y estamos casados desde el año 2000 en bolivia antes de que yo obtenga la nacionalidad mi pregunta es que requisitos necesito yo y mi mujer para inscribir el matrimonio en el registro central de madrid ella se encuentra desde hace casi 10 años de manera irregular lo que ambos queremos saver que tiempo demora la inscripcion para asi poder darle la comunitaria una vez inscrito el matrimonio