Le aconsejamos que se encuadre dentro del régimen de estimación objetiva, ya que no tendrá que presentar trimestralmente impuestos.
Eso sí, lo tendrá que hacer en la declaración del IRPF anual, en los rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
Después de su primera declaración compruebe si le interesa estár en este régimen o bien renunciar para pasar al de estimación directa simplificada, en el que yá tendría que presentar los trimestrales, pero tendría más deducciones fiscales.
disculpen tanta pregunta, el tema ahora es el siguiente: resulta que mi padre quiere darse de alta en el regimen agrario(como autonomo) y me pregunta si alguien sabe las obligaciones fiscales que se derivan de ello (por ejemplo, si hay obligación de presentar trimestres como en el caso del resto de autonomos)muchas gracias