Buenos días, se me da el caso que mi anterior pareja me esta solicitando los regalos que me hizo durante nuestra relación. Si ya véis, aún quedan semejantes especimenas. ¿Como contempla la ley estos casos? Gracias, de antemano.
La Ley de Regalos Matrimoniales de 1857 en su articulado 16 bis dice algo así como que:
"la esposa contrayente, o la hembra en análoga relación de afectividad, una vez disuelto el matrimonio o la relación de hecho, no podrá reclamar lo que por amor un día diera"