He consultado un mensaje anterior que especificaba que no es necesario declarar la cantidad depositada en cuenta corriente en concepto de regalo de boda. No obstante mi duda persiste, si la cantidad es ya respetable 10.000 ó 20.000 euros, se considera una donación? debo declararlo como ingreso? de que tipo?
Muchas gracias
Efectivamente este tipo de entregas, tiene el tratamiento de una donación, y deberias de tributar por ello, pero normalmente al tratarse de entregas pequeñas e individuales no es preciso hacerlo.
He leído este mensaje con interés, pues me hallo prácticamente en el mismo caso. Me casé y abrí también una cuenta, el dinero ingresado asciende a 20.000 euros. Como es lógico, al hacer la declaración de la renta mi saldo se habrá incrementado de forma considerable respecto al año anterior.
Decís que al tratarse de entregas pequeñas e individuales no sería preciso declarar este dinero como donación, pero ¿cómo sabe hacienda si fueron cantidades pequeñas o si me lo ingresaron de golpe? ¿Y si me piden que justifique el incremento patrimonial que les digo?