Pregunta de no fácil respuesta. Se trata de materias recientemente legisladas y de las que todavía no disponemos de interpretación por parte de Hacienda, así que lo mejor es leer la ley y tratar de interpretarla objetivamente.
Alguien que entienda la ley me puede aconsejar: Voy a reformar cocina y baño, instalación del agua nueva desde la cocina al baño y la instalación nueva del cuadro eléctrico ICP. Ya se que azulejos, muebles cocina , griferia, etc no entra. ¿Qué partidas tienen que figurar en la factura y cómo, para que se pueda desgravar en la Renta? Se puede poner la mano de obra, materiales...y con que IVA. Gracias