GRACIAS MAIKA. La única constacia que tengo es la copia del escrito que me firmó el presidente como que lo había recibido y la fecha de la recepción y en el mismo escrito les especifico que efectuo dichas obras amparandome en el artículo 7.1 de lph.
Mi consejo es que hagas bien las cosas, has comenzado bien solicitando la autorización por escrito a la cdad., pero hay constancia de que lo has echo? Vuelve a solicitarlo pero adjunta un proyecto de como quieres dejar la fachada hazlo como te indica discolo por medio de acta notarial (no es muy caro) e informa que en caso de no recibir respuesta en un plazo de 1 mes darás por entendido que están conformes y comenzarás las obras.
GRACIAS POR TU CONTESTACI DISCOLO5G, Puedo ampliarte información diciendote que he presentado a la comunidad, por medio del presidente, un escrito comunicando que voy a efectuar las obras en la fachada debido a su mal estado, hasta el momento no he recibido respuesta y esto hace un mes. Decirte también que la fachada, que como he dicho es de marmol, iría forrada de un nuevo material antipintadas, material muy innovador y moderno, en tonos llamativos. Claro está que no tiene nada que ver con lo que hay ahora puesto y además no sé hasta que punto tengo que dar explicaciones de lo que pongo o dejo de poner en la fachada, pues el otro local quedaría en el estado en el que está el mio ahora, "hecho un desastre" al igual que la fachada del edificio: anticuada y hecha un desastre. Nuevamente te doy las gracias.
Si repasamos Jurisprudencia, los locales comerciales suelen estar en un aparte en cuanto a la conservación de la estética.
Simplemente, que no desentone con el entorno.
Desde luego, me figuro que no le han escrito la contestación, porque automaticamente tiene una respuesta legal:
La Comunidad me arregla la fachada de mi local.
La verdad, tal y como funcionan las cosas en este país, que teniendo la razón, incluso puede Ud. ganar el juicio, tiene dos opciones:
a) Arriesgarse y que la Comunidad le lleve al Juzgado. Y ahí, ya verán.
b) HAcer las cosa legales, es decir, en su caso yo enviaría un requerimiento notarial al Presidente y si no me lo contesta, adelante. Y si me lo contesta, pues si dice que sí, adelante, y si dice qu eno, a ver lo que dice, por que decir no simplemente no sirve.
Pero sugierale que si quieren conservar "la estética", entonces, como está deteriorada esa estética, se hará con cargo a la Comunidad esa conservación.
Osea, que procure amarrar su possición o, hagalo a las bravas, que en este país no suele pasar nada.
Mi cuestión es la siguiente: acabo de adquirir un local comercial y la facha del mismo está que se cae. Quisiera efectuar obras en la fachada para dejarla en buen estado sustituyendo las piedras que existen por otras o revistiendo la misma por otro material. ¿la fachada del local comercial es un bien comun?, ¿es un elemento arquitectonico?, puedo acogerme al art. 7.1 de la LPH?. La comunidad de propietarios no tiene estatutos y me dicen que no puedo hacer dichas obras pues el edificio tiene que guardar una misma imagen. En la actualidad la fachada de los bajos de de marmol beig y negro y la de los pisos es de piedra proyectada. ¿Qué puedo hacer? Tengo que hacer una fuerte inversión en mi negocio y no se quien tiene la razón, NECESITO AYUDA URGENTE