Actualmente estamos realizando una reforma en nuestro piso. Para ello, hemos contratado los servicios de una empresa formalizando el correspondiente contrato con ellos. En dicho contrato se indica que el plazo de ejecución de la reforma es de 2 meses y una semana. Sin embargo el contrato NO indica la penalización aplicable al contratista en caso de incumplimiento del plazo de ejecución de la obra.
Actualmente el retraso acumulado por el contratista es de 2 meses. ¿Podemos solicitar al contratista algún tipo de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados? En caso afirmativo, ¿Cuál sería esa penalización? ¿Qué ley nos ampararía?
No hay posibilidad de penalizacion. Lo unico que puede hacer, es hacerle saber por escrito el incumplimiento del contrato y no soltar un solo euro hasta que termine la obra a su satisfaccion.
En el escrito que recomienda Lexis sería conveniente hacer referencia a que Ud. no se niega a pagar, pero que no lo hará hasta que termine la obra (¿hace el contrato alguna referencia al momento o forma de pago?). Esta mención le servirá como prueba de buena fe en caso de que el contratista quiera reclamarle el pago judicialmente sin haber terminado la obra.