Es que se me ha dado algun caso en algún IRPF, que han reformado y consultando con hacienda, como no se podian imputar todos los gastos en ese año, se podia proratear ( como cuando amotizamos una maquinaria u otra cosa), pero al existir el desfase entre la reforma y el alquiler, pues tengo dudas,
NO SE PUEDE. Ten en cuenta que a la hora de acreditar los gastos, si lo piden, solo aceptan los de fecha del año al que se refiere la declaración; no se andan con sutilezas aunque sean lícitas. Ahora bien, si los deduces, el riesgo que corres es mínimo, el único riesgo es el de tu conciencia fiscal, el que la tenga. Para aminorar el cargo de conciencia, desgrava la parte que consideres justa, puesto que la norma no es ponderada y, por tanto, injusta.Pero eso es cosa de cada uno