He reformado practicamente mi casa que es mi vivienda habitual, entera el mes pasado, podria deducirmelo en la renta del año que viene?Como se deduce esto? Que cantidad?
Gracias.
Hola Ventura. Las obras de reforma no dan derecho a la deducción por adquisición de vivienda.
Solo darían derecho a la deducción las obras conceptuadas como de rehabilitación de vivienda en los términos del art. 54.5 del Reglamento del IRPF.
Se considerará rehabilitación de vivienda las obras en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:
a) Que hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas en los términos previstos en el Real Decreto 1/2002 de 11 de enero.
b) Que tengan por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras,fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global exceda del 25% del coste de adquisición si se ha efectuado en los dos años anteriores o en otro caso al valor de mercado de la vivienda en el momento de la rehabilitación.
Un saludo.
Gracias, Mirentxu, yo pensaba que por hacer una gran obra dentro de mi vivienda, podria deducirme el coste de la misma, pero si no es asi, gracias, lo tendre en cuenta.