Valga lo que valga. Ya le he explicado que determinados casos particulares, por la naturaleza de la reforma, podría ser quizá deducible algo, pero el hecho mismo de hacer una reforma (en general) no supone derecho a desgravar nada, sean 400 o 40.000.
Si la vas a alquilar se puede desgravar del importe del alquiler. Si es para uso personal (incluida vivienda habitual) ya no, antiguamente se podía (en determinados casos) cuando había desgravación a la adquisición de vivienda habitual, pero esta ya no existe desde 2013. Y si no hay para adquisición, menos aún para reforma.
Lo que sí puede haber "quizá" es por conceptos como mejora energética, energías renovables, rehabilitación de viviendas... si la reforma tiene esa finalidad, ya sea por subvenciones especiales a tal efecto a las que te puedas acoger o directamente mediante desgravación autonómica en el IRPF, si existe tal desgravación en tu comunidad.
Pero vamos, en el IRPF, por cambiarte los azulejos del baño o cambiar los suelos del salón no te puedes desgravar. Ya si es otra cosa, pues depende.
al reformar una vivienda, como cuesta mucho dinero, ésta inversion, se puede desgravar de algunaforma en irpf, ejemplo si uno se gasta 40.000 euros en la reforma
qué se puede hacer?
gracias