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referente al mensaje anterior de la inquilina que esta viviendo

2 Comentarios
 
perfil Jan
05/01/2010 13:02
Hola pacurro. Si su arrendatario es condenado en rebeldía-lo cual es bastante probable- en la ejecución de la sentencia se aplicará el art 704.2 LEC y se procederá conforme a los artículos 675.3.4 y 661.2 L.E.C. Es decir, si la tía del arrendatario prueba que está subarrendada se dictará Auto por el que NO se procederá al lanzamiento de la misma, teniendo usted que interponer nuevamente demanda de resolución de contrato por EXTINCIÓN del Subarriendo.


Reciba un cordial saludo
04/01/2010 23:37
Vamos a ver, en primer lugar y como el asunto creo que lo requiere, póngase en manos de un letrado aportando el contrato que ud realizó. En segundo lugar, y solo a meros apuntes referirme a que en el contrato que realizó con el inquilino si no constaba expresamente la prohibición de ceder o subarrendar la vivienda, el arrendatario dentro del plazo del contrato, puede a su vez arrendar la vivienda o una parte de ella a cualquier persona. Si éste es el caso, como es frecuente que ocurra con quien realiza contratos bajados de internet, siendo que a ud no le paga nadie, ni el inquilino ni la tia, deberá requerir de pago entiendo que a ambos y después iniciar una demanda de desahuicio. Si resulta que ese no es el caso, para resolver el contrato debería requerir al inquilino del contrato inicial para resolver el contrato por incumplimiento de lo estipulado y solicitar el desahucio de la precarista.

Salvo mejor opinión.
Referente al mensaje anterior de la inquilina que esta viviendo
04/01/2010 23:26
En referencia al mensaje anterior de que la tia del inquilino esta viviendo en el piso i el inqulino no esta viviendo ya que se a marchado del piso i ademas deve 3 meses, en el contrato no consta el nombre de la tia ni de ningun familiar, entiendo que esta persona esta viviendo ilegalmente.