Pues si tiene ese e-mail podrá utilizarlo como prueba y cuando comience el 2014 sin dejar pasar muchos días dígale a su empresas que se lo den por escrito que3 para el 2014 van a seguir con el salario del año anterior y presente una demanda. Una vez presentada esta y mientras se resuelva la misma tendrá que seguir yendo a trabajar y solo cuando el juez sentencie podrá acogerse al art. 41.3 ET.
Consute con un sindicato la forma de realizar todo el proceso.
SMO.
El problema es que ya han asentado su salario en el año 2013 con esa rebaja del 15 % y como fue de forma verbal y no se reclamo ni se fijo el plazo de forma escrita que era por un año ahora la empresa puede argumentar que ese cambio fue vitalicio y que ustedes tragaron y no reclamaron así que lo veo difícil que ahora puedan ustedes argumentar que esa reducción salarial era para el 2013 y si embargo la empresa podrá demostrar que llevan ustedes un año cobrando esa reducción solamente con presentar las nóminas, ya le dije las palabras se las lleva el viento.
SMO.
Yo no quiero recuperar la cantidad del año 2013,pero lo quieren continuar en 2014 ,y es esto a lo que me quiero negar.La empresa lo presentó como una medida para 2013.
Como dice usted que se lo han comunicado de palabra, es decir de forma verbal y llevan ya un año con este cambio, esto quiere decir que no han reclamado y han aceptado tal cambio o modif. sustancial por tanto ahora no puede usted reclamar nada, (ya han pasado los 20 días que tenían para hacer dicha reclamación. Por otra parte la aplicación del art 41.3 ET que usted quiere realizar no se hace notificándolo a la empresa sino ante el juzgado de lo social y hasta que éste no juzgue su caso y le de la aprobación usted no puede irse de la empresa, pero como le digo, éste derecho ya lo han perdido.
SMO.
El año pasado, la empresa nos hizo una rebaja salarial del 15% sin hacer Ere, simplemente con un comunicado verbal y por correo electronico y para 2013.Este año, sin haber perdidas en la Empresa , nos han dicho verbalmente que sigue esta norma de rebaja del 15%(hay que señalar, que se puede recuperar esta cantidad si al final de año se llega a los objetivos que marca la Empresa, si no no se recupera.Es como si lo pasarn a variable).¿Puedo rescindir mi contrato por este motivo?¿Los pasos ,son comunicarlo a la Empresa e irme, o debo comunicarlo y esperar cierto tiempo, recibiendo la indemnizacion de los 9 meses y derecho a paro?