Otra cosa que estuve pensando: ¿mi madre se puede alegar como una carga aunque cobre una pensión?, ¿ o bajo ningún concepto es carga porque se supone que debe ser capaz de mantenerse con su pensión?
Mi padre está enfermo de Alzheimer e ingresado en una residencia porque está incapacitado también físicamente. Ahora mismo tiene un embargo sobre su pensión por una deuda que contrajo cuando ya estaba enfermo y por un abogado que se aprovechó de su estado.
Mi pregunta es si es posible reducir la cuantía del 30% del embargo (sobre el segundo SMI) por su situación. La ley dice que se puede reducir por cargas familiares, y nada más.
Él mismo es una carga para sí mismo. Su pensión no cubre los gastos de la residencia.