Significa un acuerdo entre empresa y trabajador para cambiar las condiciones en que se realiza el trabajo con la posibilidad que antes te apuntaba.
Antes de firmar nada que te ofrezcan consulta con un asesor laboral.
Tan sólo añadir que en caso de denuncia antes el fraude, en este caso el empleado lo tendría más fácil que en otros donde se supone que son "autónomos" 100%. A ver cómo demuestra la empresa la separación de tareas que dice Pang.
No sólo eso, sino que las funciones de "autónomo" nunca debería haberlas realizado antes por cuenta ajena, en mi opinión.
A todo esto añadirle lo habitual, como que el trabajo "autónomo" sea en el horario que le de la gana al trabajador, con sus propios medios y que el beneficio de ese trabajo no sea claramente para la empresa.
No es una práctica habitual y tiene claras connotaciones de fraude, salvo que se trate de una auténtica novación del contrato y se realicen dos trabajos claramente diferenciados y uno de ellos pueda tener las notas de ser por cuenta propia, cosa que dudo mucho que suceda.
Para Hacienda da igual porque tributaría por el IRPF sumando ambas cuantías, para Seguridad Social puede ser un fraude que minora las prestaciones del trabajador, y si la cantidad supera el Salarío Mínimo Interprofesional tendria que darse de alta en Autónomos lo que no le interesa, al trabajador, en absoluto.
El tema que planteo es saber la posibilidad de que a un empleado de una empresa, se le reduzca el salario, y que por la parte del salario que se le ha reducido este empleado le facture a la empresa, para la que ya trabaja, como profesional o bien a través de otra sociedad. Es posible que un empleado pueda facturar por cuenta propia a la misma empresa para la que trabaja por cuenta ajena y justo en la proporción en la que se le reduce el sueldo? puede tener algún tipo de consecuencia de cara Hacienda? es una práctica habitual? Agradezco la información que me puedan facilitar