Según el art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores, en la nueva redacción dada por la Ley 39/1999, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquella, quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
Esos son los requisitos y lógicamente si no puede valerse por sí mismo se debe acreditar con informes médicos.
Para solicitar una reducción por cuidado de un familiar mayor de 65 años, qué hay que acreditar? también ha de ser entre 1/3 o 1/2 de la jornada? como se justifica la necesidad.