Mi padre después de toda una vida de trabajo cotizando a la mutua de gestores administrativos recibe una carta en la que se le indica que la mutua no puede hacer frente a los pagos en la cuantía actual y le ofrece como posibilidades una reducción de la pensión (de 309 a 105 euros), cobrar 14.825 euros de una sola vez sustituyendo cualquier pago futuro o aportar 35693 euros para mantener la cuantia de 309 euros mensuales.
Al no aceptar ninguna de las tres posibilidades la mutualidad a optado por su cuenta por la primera opción pasando a ingresar 105 euros mensuales.
La pregunta es: ¿ Puede la mutua reducir unilateralmente la cuantía de la pensión? ¿Existe algún derecho adquirido por parte del cotizante a cobrar una determinada cantidad fija (309 euros en esta caso) en función de la cantidad y los años cotizados?