Para la reducción de jornada por cuidado de un familiar, a parte de que éste no pueda valerse por sí mismo y no tenga actividad laboral debe ser un familiar de hasta el 2 grado de afinidad o consanguinidad, sólo nos dice que tiene la custodia pero nada nos dice del grado de parentesco.
smo
Buenos días,
mi hermano presta servicios de 07:00 a 15:00 horas y quiere pedir una reducción de jornada por 1 año para cuidar a una persona con discapacidad de 18 años de quien tiene la guarda y que no trabaja. En concreto, desea prestar sus servicios de 08:00 a 12:00 horas. ¿Mi hermano tiene derecho a la reducción de jornada? No sé si la empresa podría negarse y las consecuencias que comportarían esta reducción.
Muchas gracias.