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reduccion jornada por guarda menores

14 Comentarios
 
23/07/2008 18:32
En principio la cosa va bien, aunque yo no bajo la guardia por si acaso. Es mas creo que están incluso solicitos, apaciguados. Esto me da que pensar que despues de tanta calma se puede estar traginando algo.Tengo que decirte que ellos saben que el comite en pleno me respalda. Tension con las compañeras y con mi jefa la hay para que engañarte, pero yo llego cumplo con mi trabajo y hasta mañana.
22/07/2008 23:21
Hola compi!justamente estoy en tu misma situacion.Trabajo en una perfumeria y actualmente estoy de excedencia,y solicito reduccion y de lunes a viernes,cosa que la empresa me niega.UGT me dice de denunciar,,y yo te pregunto...Que rollito tiene ahora la empresa contigo?te han puteado?es lo que yo temo,que me cambien de tienda y me quieran joder si yo gano.Saludos y gracias luchadora!!
22/07/2008 19:38
bueno como lo prometido es deuda.Os recuerdo que denuncie a la empresa para conseguir horario de lunes a viernes (y no a sabado como querian ellos). Pues deciros que la semana pasada salió la sentencia y la he ganado. Tenemos que luchar por nuestros derechos ¿ es nuestro deber!
11/05/2008 11:29
Al final me he decidido por denunciar a la empresa para conseguir la reduccion de jornada que yo pedí, es lo que me han aconsejado los abogados de UGT. Ya os contare la sentencia cuando salga. De momelnto hago la jornada que me dice la empresa.
28/04/2008 17:56
di la carta de reduccion de jornada el 17 de abril y hasta hoy no me han dicho de palabra (ya que por escrito me lo dan mañana) que me conceden horario pero de lunes a viernes no. Es decir que tendre que trabajar los sabados. He hablado con el abogado de UGT y me dice que se puede denunciar. Ne cesito que alguien me asesore. He pensado decir que si a los sabados pero solo trabajar una hora ¿ que os parece? ¿ vosotros denunciariais?
20/04/2008 12:36
Hola,

Hay muchas empresas que reconocen la reducción de la jornada y otorgan al trabajador la concreción horaria de la reducción pero aplican con criterio muy riguroso la expresión "dentro de su jornada ordinaria" que recoge el art. 37.6 ET.

Claro está que esta expresión puede dar lugar a distintas interpretaciones ya que el redactado de este artículo, en lo que se refiere a esta expresión, no deja las cosas claras. Así pues, en principio, tanto el criterio riguroso que aplican las empresas como el criterio flexible que pretenden aplicarse los trabajadores en este asunto podrían ser válidos. Debemos acudir a la jurisprudencia y doctrina judiciales para conocer el criterio a seguir.

Si bien en el pasado es más facil encontrar sentencias en la línea de aplicación del criterio riguroso, actualmente es al revés. El Tribunal Constitucional examinó el tema (STC 15/01/2007) y estableció que no cabía seguir el criterio de estricta legalidad por los jueces ordinarios; de lo contrario, podría ponerse en peligro el derecho a la reducción reconocido por la Ley 39/1999 de conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadores, en relación con el art. 39 de la CE (protección de la familia) y no se garantizaría la tutela del principio de igualdad y no discriminación por razón de sexo del art. 14 de la CE.

Dice el TC que hay dos intereses en juego (empresa y trabajador) y que hay que ponderar las circunstancias concurrentes de cara la concreción horaria para poder hacer compatibles los intereses en juego "lo que implica no olvidar las circunstancias personales de la trabajadora y su entorno", aspecto que el criterio riguroso de la expresión "dentro de su jornada ordinaria" no recoge.

Por su parte, el Tribunal Supremo estipula que: "cuando la empresa no evidencie razones suficientemente justificadas para no acceder a la elección de la especifica jornada adoptada o solicitada por el trabajador, sera esta la que prospere, en tanto que cuando esas razones queden demostradas y el trabajador no aduzca otras motivaciones de mayor significado o relevancia puede prosperar el horario propuest.o por la empresa, todo ello siempre dentro de los parametros de la buena fe en la actuacion tanto empresarial como del trabajador".


Con esto, los trabajadores en régimen de turnos rotativos pueden quedar adscritos a un turno fijo incluso, aunque no he visto ninguna sentencia en concreto al respecto, reducir los días de trabajo a la semana ya que así pueden ejercer mejor la finalidad del derecho a la reducción de jornada. No obstante, habrá que estar, como dicen los tribunales, en cada caso, a los límites que se le pueden aplicar a este derecho (por necesidades organizativas de la empresa y concurrencia con otros trabajadores con derecho a la reducción), rigiendo, en todo caso, el principio de buena fe entre las partes.

Así pues, en la actualidad se van dictando sentencias en esta linea (los trabajadores en régimen de turnos pueden, en principio, elegir turno fijo).

De todas formas me gustaría saber si alguien puede aportar sentencias a favor de la concreción horaria por parte de los trabajadores (ya sea en régimen de turnos rotativos o bien a turno fijo de lunes a viernes) que les permita reducir el número de días trabajados a la semana (por ejemplo, trabajar de lunes a miércoles como decía TN). De lo expuesto en las sentencias del Constitucional y Supremo se deduce que dicha reducción se puede hacer pero no he visto ninguna sentencia en concreto que expresamente asó lo indique.

Saludos.
19/04/2008 18:59
como he comentado arriba TN está en lo cierto, y el responsable del instituto la mujer de castilla la mancha me lo ha corroborado en un mail, si lees el estatuto de los trabajadores te lo pone claro, pero debes leer tambien el convenio. En mi convenio (Logistica guadalajara) se remite en su totalidad a lo que ponga en el estatuto de los trabajadores. En mi empresa no ha caido muy bien y estoy esperando la contestacion a mi carta
18/04/2008 21:32
trabajo en perfumeria,mi contrato es de lunes a domingo.Cuando termine la excedencia voy a pedir una reduccion de jornada,y me gustaria que fuera de lunes a viernes,ya que el sabado no hay guarderia.Es posible?
18/04/2008 01:38
gracias tn si sabes mas dime
17/04/2008 20:06
efectivamente llevais razon en lo de poder coger los dias que quiera. Hoy he entregado la carta de peticion de reduccion de jornada y espero respuesta. Escribi al Instituto de la Mujer de Castilla la Mancha y me contestaron confirmandome lo que me habeis dicho. Muchas gracias por vuestra informacion
perfil TN
17/04/2008 09:31
La reducción y la jornada, dentro de la habitual la decide la trabajadora.

Si trabajas de lunes a sábado, puedes decidir hacer 2o horas de lunes a viernes, incluso podrías decidir hacer esas 20 horas, de lunes a miércoles, por ejemplo, y no podrían decir nada.

Fredi, dices esto:

"La respuesta de la empresa es o coges el horario que nosotros te ofrecemos cosa que yo no puedo ya que no tengo conquien dejar a mi hija y mas aun mi marido trabaja de tarde siempre y la otra oferta que me dan lo que me pertenece por los 7 años que llevo en la empresa y me dan los papeles para el paro, "

Decirte que la empresa no puede decidir tu horario, eres tú quien lo decide, eso sí, si se niegan tendrás que demandar (pero lo tienes ganado)

Ellos ni si quiera pueden despedirte (salvo que sea procedente, que no es el caso) y darte lo que te correponde y el paro. Si pudieran hacer eso, ya lo harían, para qué ofrecerte algo que pueden hacer? pues porque no pueden y lo saben.
17/04/2008 01:59
Hola:Mi caso es el siguiente.
He comunicado a mi empresa que deseo reincoorporarme a la empresa despues de terminar mi excedencia en reduccion de jornada al 50% mas o menos.La respuesta de la empresa es o coges el horario que nosotros te ofrecemos cosa que yo no puedo ya que no tengo conquien dejar a mi hija y mas aun mi marido trabaja de tarde siempre y la otra oferta que me dan lo que me pertenece por los 7 años que llevo en la empresa y me dan los papeles para el paro,
Mi pregunta es la siguiente.
Mi curro es a relevos mañana y tarde y en el puesto somos 2 personas y mi compañera esta ya en reduccion de jornada entonces.
Si denuncio a la empresa:
1º¿Quien tiene las de ganar?
2º¿Sepuede negar el empresario a darme la reduccion de jornada agarrandose a que ya hay una de reduccion,con la Ley actual?
3º¿Que puedo hacer cuales son los pasos a seguir?
Un saludo y gracias
16/04/2008 13:31
la reducción de jornada a 20 horas, legalmente sería de lunes a sábado, otra cuestión es que llegues a un acuerdo con la empresa para hacerlo de lunes a viernes, porque entiendo que en tu contrato pone de lunes a sábado.
12/04/2008 18:17
tambien me gustaria saber si los 20 dias para denunciar una sancion mal impuesta se cuentan todos o solo laborales
Reduccion jornada por guarda menores
10/04/2008 21:24
estoy pensando en coger la reduccion de jornada. Mi jornada laboral son 40 horas de lunes a sabado. y mi pregunta es : si reduzco la jornada a 20 horas podria pedirlo de lunes a viernes, o tengo que incluir obligatoriamente el sabado?. Convenio logistica de guadalajara. trabajo como administrativo