Yo trabajo en la administración local y tengo horarios mañana, tarde y noche, ahora he tenido mi segundo hijo y quiero reducir la jornada y a su vez solicitar horario de mañanas de 8 hasta las 14 para poder conciliar con el horario de colegios, lo he consultado con el compañero del sindicato y me dice que la ley de conciliación familiar que permite pedir cambios en el horario es para laborales que nosotros al ser funcionarios no lo podemos pedir. Me gustaria que alguien me lo confirmara ya que a mi me parece muy extraño. Muchas gracias.
El sector público es algo completamente desconocido pora mí, aunque por analogía con el sector privado, te diría que la conciliación de la vida laboral y familiar regulada recientemente en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, puede entenderse como de alcance universal y no estrictamente para los trabajadores sometidos al ámbito laboral.
De todas formas, y al margen de esta opinión como ya te he dicho poco profesional por desconocimiento del sector público, lo primero que se me ha pasado por la cabeza cuando he leído tu pregunta ha sido: "quién demonios es el compañero del sindicato... acaso es a él a quien hay que pedirle permiso..." y a continuación, "y por qué no lo ha solicitado por escrito ante quien corresponda, a ver qué le contestan..."