Sí puede acogerse a la reducción de jornada, para tener derecho a ella únicamente se exige que el hijo tenga menos de 12 años (para funcionarios es 12 años en lugar de 8 años).
Actualmente la normativa aplicable para funcionarios (Estatuto básico del empleado público) no establece mínimo ni máximo en la reducción de jornada...aunque antes normalmente se exigía que fuese de 1/3 de la jornada o de la mitad de la misma.
Para pedir la reducción de jornada por cuidado de hijos se ha de tener antiguedad en la empresa? Es decir, ahora mismo una trabajadora disfruta de reduccion de jornada por el cuidado de un hijo de 1 año, pero esta planteandose la posibilidad de cambiar de trabajo y entrar en el ayuntamiento (seria funcionaria), podria acogerse tambien a reduccion de jornada? (seria de solo una hora de reduccion al dia).
Muchas Gracias