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Reducción de jornada

35 Comentarios
Viendo 21 - 35 de 35 comentarios
11/06/2004 10:12
Hola Aprendiz,

mira, repasando unas cosas he encontrado la norma (RD 1251/2001 de 16 de noviembre) que estableció, entre otras medidas, la posibilidad de disfrutar una parte del descanso de maternidad (a partir de la 6ª semana del parto) a tiempo parcial.
Como no estabas de acuerdo con mi afirmación relativa a la incompatibilidad del permiso de maternidad a tiempo parcial con la reducción de jornada por lactancia, si revisas el texto de la norma, y en concreto la D.A. primera, 5. verás como textualmente dice:

"El permiso de maternidad a tiempo parcial será incompatible con el disfrute simultáneo por el mismo trabajador de los derechos previstos en los apartados 4 (LACTANCIA) y 4. bis (permisos partos prematuros) del art. 37 del Estatuto de los Trabajadores y de la reduciión de jornada por guarda legal prevista en el apartado 5 del mismo artículo". Será asimismo incompatible con el ejercicio del derecho a la excedencia popr cuidado de familiares regulado en el apartado 3 del art. 46 de la citada Ley"

En fin, aunque un poco tarde, he cumplido con mi compromiso de confirmarte esta información.
De paso, recuperamos un tema reciente, reducción de jornada por cuidado de hijo, que está siendo ahora mismo también debatido en este foro.

Un saludo

Nando
11/06/2004 11:18
De veras, muchas gracias a todos, me habéis servido de una gran ayuda!!!!, finalmente firmé aquel papel, fui a hablar con la asesoría y la verdad es que por no dar más vueltas acabé firmándolo. He empezado a trabajar el Lunes y desde luego que los ánimos en la empresa están muy revolucionados, vaya como se suele decir "el aire se corta con cuchillo de lo tenso que está".

He tenido ya algunos problemas con mi jefe y al final es lo que yo esperaba, no quiere echarme él y pretende hacerme la vida imposible para que sea yo la que me vaya. Entonces yo he llegado a una conclusión ... si quiere guerra la tendrá! yo no pienso irme y olvidar mis 6 años de liquidación.

Yo se cuales son mis obligaciones en el trabajo pero de ahora en adelante con vuestra ayuda sabré también cuales son mis derechos.

1º- Las vacaciones.... Nunca he escogido mis vacaciones, me he conformado con lo que el me ha dado en los meses que a él le ha parecido y siempre ha sido mi marido el que las ha cambiado para coincidor conmigo. Ahora va a ser distinto y pienso escoger mis 15 días de vacaciones a mi manera, los otros 15 a su manera, es así no???? por que ahora que lo pienso... estando a media jornada me corresponde 30 o 15 días de vacaciones???? uffff que lio!

2º-Hora le lactancia.Si no he entendido mal, tengo derecho a 1 hora o a reducción de media hora la jornada, pero esto es sólo para dar el pecho o la hora lactancia es también para dar el biberón???? La diferencia es mucha, si es dar el pecho por descontado que sólo puede ser la madre, pero si es dar el bibe eso puede hacerlo cualquiera que cuide el niño.
Yo le doy biberón y trabajo de 16:00 a 20:00 (bueno aunque ayer me fui de allí a las 20:45), puedo ir el Lunes sin más y decirle a mi jefe que debido a la hora de lactancia en vez de irme a las 20:00 me voy a ir a las 19:30???? debo firmar algo, mandar algún otro papel a la seguridad social??? o es simplemente "oye que sepas que de ahora en adelante me voy a las 19:30" (bueno con algo más de sutileza jeje)

3º.-Va a echarme tarde o temprano, cuando se pongan las cosas feas voy a proponerle un acuerdo, o que me eche ya y yo no voy contra él, me paga la liquidación y lo que me corresponda y todos tan contentos o de lo contrario como siga haciendome la vida imposible entonces cuando me eche si voy contra él a por todas, lo sienro por él por que son 6 años trabajando juntos y le tenía cariño, pero después de todo lo que me ha hecho ya me he desengañado. Además creo entender por lo que me habeis dicho que ahora sería un despido nulo así que imagino que soy la que tengo la sartén por el mango como suele decirse.

4º.- Otra pregunta, yo ahora a partir de este mes de Junio voy a cobrar media jornada, si me echa ahora imagino que aún podre cobrar el paro a razón de la jornada completa, pero y si me echa dentro de 2 meses, entonces... ¿cobrare paro a proporción de la media jornada? jolín si es así que fastidio.

Bueno gente, que ya no se que más preguntar, os agradecería que me dierais consejos sobre lo que es pregunto, y también os agradecería que como yo no entiendo ni jota de estas cosas (siempre he confiado en él y me he guiado por lo que él me decía) y no se a que más cosas tengo derecho, imagino que con lo que ya me habéis dicho sea bastante, pero por favor si se me escapa alguna cosa decirmela por que como él me dijo "Hay que ser estrictos" pues ahora la que va a ser estricta soy yo!, a ver si se cansa de mi en seguida y me echa así mete a su cuñadita a trabajar con él que es lo que ha querido desde que me quedé embarazada! y yo me voy a mi casita con mi liquidación y a cuidar de ese niño tan maravilloso que tengo (amor de madre jiji).
Un beso para todos y gracias por todas las respuestas que ya me habeis dado y las que me vais a dar. Ya os mantendré informados de como va el tema que me parece a mi que va a ir para largo. Chao!
11/06/2004 11:29
Gracias Nando, creo entender con lo que has dicho que no tengo derecho a esa hora de lactancia, vaya por Dios, yo iba a ser lo primero que le iba a decir a mi jefe, en fin, ya me parecía a mi demasiado!!!!, justo he leido tu mensaje ahora mismo al publicar el mio, así que ya sabeis, el aparatado 2 de mi mensaje ya no necesita más respuesta. Gracias!!!!!
11/06/2004 17:04
Hola Ana Maria:

Ojo, lo que dice Nando se refiere al permiso de maternidad a tiempo parcial y su imcompatibilidad con la reducción de jornada por lactancia, y ese no es tu caso; tu caso es el de reducción de jornada por guarda legal. Y si es compatible o no con el periodo de lactancia es un tema mas complicado que ya se ha hablado alguna vez en este foro. Y te digo esto porque de momento que yo sepa el Tribunal Supremo no se ha pronunciado y existen sentencias contradictorias. Entre las mas destacadas la del T.S.J de Madrid de 20-7-98 que declara su incompatibilidad por ser dos permisos que tienen el mismo objeto, y por otro lado la del T.S.J. de Cataluña de 18-3-2003 que dice lo contrario y que la tienes integra mas arriba.

Yo, aplicando el sentido común y como ya dije en otro “hilo” considero que deben ser incompatibles, porque los dos permisos tienen la finalidad de atender al menor, y lo lógico es que la trabajadora, que es la que sabe sus necesidades, tenga el derecho de optar por uno, pero no por los dos. Y mas cuando la concreción horaria le corresponde a ella y sabemos la tutela de los Tribunales para aceptar en casi todos los casos el esquema de jornada propuesto por la trabajadora. Pero bueno, supongo que habrá otras opiniones.

Un saludo,
12/06/2004 13:41
Efectivamente, Ana Mª, tal como te ha señalado Fael, me referia a la incompatibilidad del permiso de lactancia con el deswcanso de maternidad a tiempo parcial, no con la reducción de jornada por guarda legal de menor de 6 años.

Fael, respecto a lo que dices, ten en cuenta que la sentencia a la que te refieres que declara la icompatibilidad de reducción de jornada por guarda legal y lactancia es anterior a la ley de Conciliacion de la vida laboral y familiar (1999) y que modifico el literal del art. 37.4 del ET de la forma que hemos podido ver en la otra sentencia.
Vamos, como ya dije, yo no discuto a ningun trabajador/a con reducción de jornada la lactancia, pero es que creo que es la posoción claramente dominante de la jurisprudencia, al menos desde esa modificación.

Ana Mª, preguntas muchyas mas cosas, yo al menos ahora no dispongo de mas tiempo, pero te adelanto que el tema del disfute de las vacaciones (lo de que tu elijas 15 dias y tu jefe los otros 15) no tiene porque ser precisamente así.
Ah!, y que sigues tenienjdo los mismos dias de vacaciones, solo que cada dia de vacaciones te suponen el dejar de trabajar menos horas, naDA MAS.

Un saludo
14/06/2004 03:43
Hola Nando, creo que estamos igual que antes, la norma es vigente pero no es nueva. Tan cierto como que, el permiso de lactancia es incompatible con el de maternidad a tiempo parcial, como que los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo, y así lo avala el TSJ de Cataluña en la reciente sentencia arriba reseñada. También es verdad que, como bien dice Fael, este tema es muy complicado y otros tribunales “antes” se han pronunciado en contrario. Tú mismo lo señalas arriba.

Pero como la opinión, por lo menos la mía, ni cambiara el mundo, ni a los legisladores, ni a jueces, ni a algunos empresarios que se dedican a practicar malas artes. Preferiría que nos centremos por ahora más en el problema de Ana maría, y a ver si entre todos le podemos echar una mano.

Abriré fuego yo y ya iréis corrigiendo, completando o añadiendo lo que creáis más oportuno.

En primer lugar si ha firmado el escrito que le pasaron, supongo que ya la tendremos que considerar trabajadora a tiempo parcial a todos los efectos. Lo que ya no sé yo, es si de cruzársele los cables a Ana maría y se decidiese a denunciar, tendría alguna posibilidad de volver a la situación anterior o mejor dicho, a disfrutar de la reducción de jornada que por maternidad le pertenecía.

En la pregunta nº 1.- Suponiendo que no lo mejore el convenio, son 30 días de vacaciones de la jornada que realice (la jornada da igual que sea de una hora como de ocho, son 30 días). En cuanto a la fecha del disfrute es más complicado, pues es a “negociar” con la empresa.

2º.- Si se le considera trabajadora a tiempo parcial, no tiene por que haber la más mínima disputa, en cuanto al disfrute de una hora de ausencia del trabajo para la lactancia, que puede dividir en dos fracciones, y por su voluntad puede sustituir este derecho por una reducción en su jornada en media hora. El disfrute de este permiso lo puede ejercer hasta el padre en el caso de que también trabaje y la madre quiera, por lo tanto no hay que darle ninguna explicación a nadie de si la lactancia es natural o artificial, en todo caso al niño. El horario de la lactancia lo decide el trabajador dentro de SU jornada de trabajo y, tal como están las cosas, comunicarlo por escrito por si también se le ocurre poner alguna pega. Tendrá que preavisar al empresario cuando se vaya a reincorporar a su jornada ordinaria.

3º.- Ana María, la sartén la puedes tener cogida por el mango y bien cogida, siempre y cuando te decidas a cogerla, sino NO.

“Para poder ser siempre bueno es preciso que los demás entiendan que nunca pueden ser impunemente malvados con nosotros” - François de la Rochefoucauld.

Nunca te vayas, si quiere que te eche, la diferencia es muy grande.

4º.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Sala de lo Social: Sentencia de 14 de Mayo de 2003.
Ponente: Ilmo. Sr. D. Francisco Andrés Valle Muñoz.

Síntesis: PRESTACIÓN DE DESEMPLEO. CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON JORNADA REDUCIDA POR CAUSA DE GUARDA LEGAL DE MENOR. La trabajadora tiene derecho a percibir la prestación por desempleo en su modalidad contributiva tomando como base reguladora diaria la correspondiente a su jornada de trabajo completa, y no la base reguladora diaria proporcional a la jornada de trabajo reducida que sería considerablemente inferior.

5º.- “Fiarse del pérfido es invitarle a dañar” – Séneca.
14/06/2004 09:35
Hola Aprendiz, a mi me parecen muy adecuadas las respuestas que das a cada una de las preguntas de Ana Mª y muy oportunas y acertadas las citas que añades.

Por otro lado, sin pretender apartarme del tema que plantea Ana Mª, pero respecto a incompatibilidades, recordarte que aún siendo cierto que los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo, no debemos confundir la circunstancia del disfrute del periodo de descanso de maternidad a tiempo parcial (cuidado, Ana Mª, este no es tu caso) con el de ser trabajadora a tiempo parcial. La trabajadora, si antes del parto estaba a tiempo completo, sigue siendo trabajadora a tiempo completo, simplemente que está alternando el descanso de maternidad con trabajo, pero no por ello se convierte en una trabajadora a tiempo parcial. Y esta situación, como hemos visto, la Ley le define expresamente como incompatible con el disfrute del permiso por lactancia. Esto, nos puede parecer mejor o pero, y está muy bien que nos indignemos o manifestemso nuestra aprobación a lo que marcan las leyes, pero si se trata de decir lo que se puede y lo que no se puede hacer, entiendo que en este caso y en la actualidad, está muy claro:

- reducción de jornada y permiso por lactancia: COMPATIBLES

- descanso de maternidad a tiempo parcial (simultaneándolo con trabajo a tiempo parcial) y permiso por lactancia: INCOMPATIBLES

Un saludo.
14/06/2004 12:25
Muchas gracias Aprendiz, y muchas gracias también a tí Nando (por cierto mi niño se llama Fernando), de veras os agradezco mucho vuestra ayuda, hoy iré al trabajo a las 16:00 como siempre y lo primero que le diré es que me domicilie la nómina, ya que nunca ha querido hacerlo y a mi sinceramente nunca me ha importado pero ahora ya aunque sólo sea por fastidiar se lo voy a pedir.

El resto lo voy a poner en manos de un abogado que es amigo de mi marido por que no se por que pero me da la espina que esto se va a poner feo y no quiero dar ningún paso en falso, además si ocurriera algo el abogado ya estaría al tanto de todo y será todo más fácil.

En fin, que queréis que os diga??? tanto años trabajando mano a mano (él es doctor, yo soy enfermera), sin el más mínimo problema, teniendo la clínica como mia propia que si perdíamos un paciente me lo tomaba como algo personal, ayyy si es que es cierto que a veces cuando mejor te portas peor para tí. Todo esto para que se separe, encuentre otra novia, ésta empiece a trabajar con nosotros (así 3 años) y cuando me quedo embarazada va y ella mete a su hermana para sustituirme y de repente empiezan los problemas...... sospechoso no???? si yo ya me lo imaginaba pero no pensé que él se comportara así conmigo. Bueno, basta ya de rollitos que total no llegan a ninguna parte, para que os voy a contar más si el resto ya os lo podéis imaginar.

Pues lo dicho infinitas gracias a todos por vuestra ayuda y ya os iré contando según vayan sucediendo las cosas. Un beso a todos con todo mi cariño en agradecimiento a vuestra valiosa ayuda.
16/06/2004 03:43
Hola Ana maría, creo que ponerlo en manos de un abogado es una decisión bastante acertada, y así que sea el quien negocie por ti. Seguro que te lo encausara por buen camino.

Nando, no he hecho más que darle vueltas a lo de las incompatibilidades, y una veces lo veía de una forma y otras de otra. Había algo que no me cuadraba y me parece que ahora mismo me acabo de dar cuenta de lo que era.

Yo estaba con lo de la reducción de jornada y la lactancia que si son compatibles, y a lo que realmente te estabas refiriendo tú, creo, es a cuando en el descanso de maternidad (16 semanas), se opta a partir de la 6ª semana del parto a disfrutarlo a tiempo parcial, es incompatible con la reducción por lactancia (9 meses). Y me parece que si, que tienes toda la razón de que es incompatible.

Espero que mañana no lo vea de otra forma.

Un saludo.
29/09/2005 11:14
Hola a todos, me gustaría preguntaros, si alguien lo sabe, qué habéis oído sobre que la reducción de jornada por maternidad se va a ampliar hasta los doce años, si ha salido publicado algo o todo lo que me podáis contar del tema
26/03/2007 15:49
yo ya he firmado mi reduccion...pone de una parte ..y de otra....manifiestan:q en fecha ... la trbajadora suscribio un contrato indefinido a tiempo completo el cual fue registrado mediante el sistema contrata el...acuerdan que en fecha´...el trabajador pasara a prestar sus servicios cn una jornada de 20 horas semanales que corresponden a un 50% de las horas maximas de jornada estasblecidas por la legislacion vigente.
26/03/2007 15:54
no han especificado nada sobre que la reduccion es por maternidad.perdere la antigüedad?esta mal ese contrato?
26/03/2007 21:09
Caramba!, has recuperado un post de hace 3 años!!
(¡que tiempos aquellos!!).

A ver Deray, si tu reduccion de jornada es por guarda legal de tu hijo no es necesario hacer un nuevo contrato, y menos a tiempo parcial, ya que, de hecho, oficialmente tu sigues siendo trabajadora a tiempo completo (por tanto, tu contrato incial es totalmente vigente). Simplemente que tienes un permiso no retribuido consistente en las horas que reduces tu jornada.

Lo que sí tiene que hacer la empresa es un comunicado a la S.S. informando de la reducción (fecha y % de reduccion).

Pero, insisto, si la causa de reduccion es esa, tu contrato a tiempo completo sigue vigente, no es necesario ni se deberia hacer otro de nuevo y, evidentemente, mantienes tu antigüedad.

Si no ves claras las maniobras de la empresa entiendo que sería aconsejable que acudas a un profesional, que te asesore adecuadamente.

Un saludo
03/04/2007 18:07
Yo tengo una duda....yo tengo reduccion de jornada por guarda legal de mi hijo y en mi empresa me comunican que las horas de convenio que exceden este año ( 34 Horas ) a mi no me corresponde de 1 hora por no tener jornada de 8 horas.
Esto es legal ?
17/07/2008 00:08
hola, esto es una biblioteca, buscando en google me lo he encontrado.
coincide con lo que yo necesito saber, cuando me reincorporé a mi puesto de trabajo despues de la excedencia por nacimiento de mi hijo, solicite reduccion de jornada en 1/3, mas o menos me respetaron el horario que pedi, lo que si hice fue firmar otro contrato indefinido a tiempo parcial. no he denido problemas con la antiguedad.
mi pregunta es al haber firmado otro contrato cual es la cotizacion a la SS que estan haciendo por mi, que salario me corresponderia en caso de baja, y en caso de despido.
una compañera en mi misma situacion ha estado de baja comun, y le han pagado el salario que tiene con la reduccion, no el 100%.
gracias.
08/06/2010 13:53
Hola, tengo un hijo de 3 años que me empieza el cole y necesito solicitar una reducción de jornada por guarda legal. ¿Puedo solicitarla de un tercio de mi jornada habitual de siete horas? ¿Es correcto en base a este calculo que mi horario fuera de 09:00 a 13:30 horas? en verano(julio, agosto y sept) y el 24 y 31 de diciembre el horario se reduce a todo el mundo¿puedo aplicar mi reducción a un horario ya reducido?. Gracias