Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reducción de jornada

3 Comentarios
 
09/12/2015 13:12
No me ofendo si no esta de acuerdo con lo que le digo.
En primer lugar le planteo unas preguntas no para que las responda sino para que usted se haga etas preguntas, (para mi son evidentes).
Segundo, una cosa es el art. 12 ET que regula los tipos de ctos y otra muy distinta la modificación sustancial de las condiciones laborales, art. 41 ET.
Que es a lo que me refiero, por tanto en respuesta a su consulta.
¿Se puede aplicar una modif. sust. de las condiciones laborales de forma individual o colectiva? Si y de forma unilateral.
¿Que opciones tiene?
-Aceptar.
-Acatar e impugnar la decisión ante la autoridad laboral.
-En caso de que el Juez le de la razón a la empresa podrá optar por acatar o rescindir el cto con 20 días/año.
Usted dice que ha consultado a un asesor y yo le he puesto una pagina sobre lo que puede suceder y las opciones que usted tiene, por cierto una pagina de profesionales en la materia.
Con esto no estoy diciendo que quien le asesoró lo hiciese mal pero si de que se quedo corto ya que solo le hablo del art. 12 y el cto a t/p vs t/c.
Lea la pagina que le he indicado lo tendrá todo mas claro.
Por cierto, no todo se basa en las condiciones económicas, como le dije tb están las organizativas, técnicas o de producción por eso le dije que la empresa lo tiene fácil para justificar esa reducción y lógicamente no van a reducirla jornada para luego contratar a otra persona se sobre-entiende que la empresa para las funciones que usted desempeña en la misma no tiene jornada y el resto de horas que le reducen se amortiza.
SMO
09/12/2015 11:53
No se ofenda, pero no sé si me ha ayudado mucho su respuesta, lo de responder con preguntas nunca me ha parecido muy aclaratorio. De todas formas, he consultado con un asesor laboral y me ha dicho todo lo contrario a lo que he entendido de su "respuesta".
Según el Estatuto de los Trabajadores la conversión de un trabajo a tiempo parcial tendrá siempre carácter voluntario, nunca se podrá imponer de forma unilateral.
Y sí, estoy convencida de que no van a poder argumentar causa objetiva para la reducción de jornada, mi empresa no es precisamente de las que tienen pérdidas y soy la única trabajadora de este centro, por lo que si quieren meter a otra persona la otra mitad de la jornada sería absurdo que se justificasen por causas de producción...
Lo de que todo el mundo lo sabe menos yo... es la falta de seriedad de la empresa, les encanta el chismorreo y no se dan cuenta de que a los trabajadores parece ser que también y todo llega a oídos de todos. En fin...
Gracias de todas formas :)
09/12/2015 11:04
En primer lugar, ¿Como es que todo el mundo lo sabe o circula el rumor y usted que es la interesada no tiene ni idea?
Segundo, ¿cree usted que si necesitan argumentar condiciones económicas, técnicas organizativas o de producción no van a ser capaces de argumentarlas?
Bien sea de forma colectiva o individual la empresa unilateralmente puede hacerlo.
Lo que necesita saber y como reaccionar:

www.cuestioneslaborales.es/quieren-reducir-la-jornada-laboral-que-pued...
Reducción de jornada
09/12/2015 09:00
Buenos días,
Vuelvo a consultar la duda porque me preocupa y no he recibido respuesta, ¿alguien me puede ayudar? Lo agradezco de antemano.
La empresa está comentando a mis compañeras (todas trabajamos en mismos puestos pero distintos centros) que van a reducirme la jornada. A mí no me han dicho nada, pero tengo entendido que la reducción de jornada es voluntaria o por causa justificada de la empresa (que tiene pérdidas demostrables). Mi duda es si la empresa puede reducirme la jornada laboral sin motivo? ¿Qué opciones tengo? Tengo entendido que la reducción de jornada (si es individual), debe ser siempre voluntaria ¿no? ¿Me puedo negar?
Gracias