Buenas tardes, la reducción de jornada, en su caso, para conciliación de la vida familiar, por hijo menor de 12 años, se realiza mediante solicitud en la que debe especificar el horario que ha escogido, explicando las razones del mismo, para que la empresa tenga suficiente información a la hora de aprobar o denegar dicho horario, en función de sus necesidades organizativas, porque como tal derecho, no se lo puede denegar. Si no hubiera acuerdo, respecto al horario, la única alternativa es presentar la demanda judicial, para que el juez dictamine sobre el mismo. Me temo, que su caso, no tendría cabida dentro de los supuestos establecidos en el art. 50 del E.T., en mi opinión, salvo que ya hubiera sentencia del juez, otorgándole la razón respecto al horario, y el empresario se negara a aplicarla.
Buenas tengo un hijo pequeño y tanto mi mujer como yo trabajamos, estaba pensando en reducirme la jornada de acuerdo a la ley pero mi duda es con respecto a la elección de horario. Trabajo en un hostelería y existen 3 turnos, uno de 6:30 a 14:30, otro de partido y por último el de 15:30 a 23:30. Obviamente al reducir jornada no cuadraría con ninguno de los turnos, debería elegir el horario adecuado para el cuidado y llevar niño al colegio o la empresa me lo impondría? En caso de no llegar a un acuerdo en el horario que podría hacer? O incluso podría llegar a rescindir contrato y acogerme al artículo 50 del E.T? Gracias