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reducción de jornada por guarda legal

5 Comentarios
 
Reducción de jornada por guarda legal
26/05/2016 13:29
En el mes de Noviembre de 2015 inicié mi recucción de jornada por guarda legal pasando a realizar un 58,06% de la jornada completa.

He descargado mi vida laboral y las bases de cotización, en la vida laboral el contrato figura como 100 pero en el informe de las bases de cotización figura la base de cotización reducida en la proporcion de mi reducción de jornada, y en mi nómina también figura asi.
Hasta donde yo se en reducción por guarda legal en caso de invalidez permanente, desempleo, jubilación se cobraria la prestación con las bases a jornada completa. La asesoria laboral me ha pasado un documento de la Seg social llamado IDC donde figura que la reducción es por guarda legal y el porcentage.
Sospecho que me quieren despedir y me gustaria saber en base a que calcula el IMEN la prestacion ya que si en la seg social yo veo las bases reducidas y en mi nomina tambien, problablemente me perjudique a la hora de cobrar la prstación, ya que no sera lo mismo tener una base de desempleo 1800 que de 1000 euros
Gracias
26/05/2016 18:46
¿58,06%? Esta entre 1/8 y 1/2 pero vaya reducción mas rara, (bueno legal es legal), si no ve en la base de cotización que esta en reducción, (preguntelo ante la SS, ya que muchas empresas lo hacen mal a propio intento para por ej, mas adelante proceder a un despido y así pagar menor indemnización, ya que pueden haber cursado una reducción de jornada sin ser por guarda legal y en ese caso no tendría esa protección que usted argumenta.
Si todo estuviese correcto hasta noviembre del 2017 tiene usted el 100%, a partir de los dos años ya pasa a ser la jornada que se realiza en la reducción y las cotizaciones y demás excepto despido serian las correspondientes a la jornada que realiza.
30/05/2016 09:31
como puedo ver en lss bases si estoy en reduccion???me he bajado las bases de la seguridad social y me aparecen las bases de cotizacion de la parte correspondiente a mi reduccion.Es decir si mi base a jornada completa era de 2000euros y ahora hago en 50Þ la jormada me aparecen 1000euros.Es correcto???
30/05/2016 21:28
Si tiene un cto a indefinido a tiempo completo para comprobar que la empresa ha hecho bien la reducción por guarda legal debe mirar en la vida laboral el , CTP, (Cotización a Tiempo Parcial), debe marcar 0, ya que al no ser un cto a tiempo parcial en esa casilla no puebe aparecer ninguna cantidad o porcentaje de reducción.
SMO
30/05/2016 23:36
En CTP no aparece nada, ni cero ni nada, es un campo vacio.
He consultado con la gestoria laboral y me comentan que han informado correctamente de la reduccion de jornada, pero mi duda es: si antes aparecian las bases de jornada completa y hora en el informe de bases de cotización aparece el importe de la base reducida en el porcentaje correspondiente es el inss el que informa al SEPE de que existe una reduccion de jornada por guarda legal y las bases se han de incrementar al 100% en el caso de que me despidiesen y tuvuese que cobrar el paro?
31/05/2016 11:14
El movimiento en seguridad social está correctamente hecho. En caso de despido, este es procedente o nulo. Esto supone que si el despido es por causas objetivas, le tendrán que pagar la indemnización calculada al 100 % de su salario, a razón de 20 días /año. En caso de procedencia, es la indemnización que le corresponde. Si es disciplinario y se declara la procedencia, no hay indemnización. En ninguno de los dos casos (objetivo o disciplinario) se podría declarar improcedente, sino que sería nulo, con la correspondiente condena a readmisión.
En cuanto a las bases de cotización, es la SEguridad Social la que completa hasta el 100 % durante los dos primeros años, creo recordar.