muchas gracias, entonces yo con no aceptar la reduccion de jornada es suficiente no?esquq las unicas opciones que me dan son esas o aceptarlo, o rescindir mi contrato, vaya lio
Hay una conmfusión en la planteamiento, entiendo que de tu jefa (o no lo tiene pero pretende, de formas interesada, confundirte a ti).
Y es que si estás a jornada completa no puede, de forma unilateral, pasarte a media jornada, salvo que sea una medida de caracter temporal.
Por el art.41 del ET (modificación sustancial de condiciones de trabajo), y acreditando causas económicas, organizativas, etc, pueden modificar la jornada (distribución...), pero no reducirla, por prohibirlo expresamente el art. 12.3 e) del ET.
Si se tratase de una modificación sustancial de las previstas en el art. 41 sí cabría el solicitar la extinción del contrato con la indemnización de 20 días/año (eso siempre que considerases que la medida estaba justificada pero que te resultaba perjudicial).
Pero si lo que pretende es reducir la jornada repito, eso no va por ahí. Si lo pretende hacer de forma definitiva, la única opción es, o aceptarlo (sin más) o oponerte, porque no puede ser una medida adoptada unilateralmente, y, por tanto, exigir que te mantengan la jornada actual (es decir, ni extinción ni indemnización, simplemente que te quedes como estés).
Y si pretende hacerlo de manera temporal , deberá hacerlo por la vía del art. 47 del ET (que en cuanto a procedmiiento se remite al 51), precisando, por tanto, autorización administrativa.
si, si que me ha ofrecido 45 dias por año de la media jornada que dejo de prestar servicio,por eso ando un poco despistada,y ademas no se si rescindo mi contrato por esas causas si tendria derecho a paro, que me aconsejais? gracias de antemano
Laurita, lo que tú comentas es un poco atípico, yo no creo que el empresario te haya ofrecido 45 días por año de media jornada.
Otra cosa seria, la cual tu jefe también ha pensado, es utilizar el art. 41 ET. EL CUAL SE NECESITARIA UN ERE.
Y HACIENDO CASO DEL CONSEJO QUE ME HAN SUGERIDO NO ME EXTIENDO MÁS.
hola, buenas noches, hoy he recibido un burofax de mi jefa, en el cual me comunica que me reduce la jornada laboral de 40 a 20 horas alegando causas economicas, me dice que ya que esto perjudica al trabajador (osea yo) tengo derecho a rescindir mi contrato y percibir una indemnizacion de 20 dias por año de servicio o bien aceptar la reduccion de jornada y me indemnizaria con 45 dias por año la otra media jornada,entonces mi pregunta es si rescindo mi contrato tengo derecho a paro? hay mas opciones a parte de estas 2??estoy un poco perdida, muchas gracias de antemano