Se equiparan a la vivienda los accesorios, trasteros, garages y otros elementos accesorios cedidos por el mismo arrendador. Se entiende, por tanto, que si se puede reducir ese 100% pues no se especifica nada de la fecha de compra del garage y demás elementos como si ocurre en el caso de la adquisición de vivienda habitual.
Un saludo,
Reduccion 100% arrendamiento inmuebles accesorios a la vivienda
cuando un arrendador arrienda una vivienda, una plaza de garaje y un trastero por un precio unico a un inquilino que cumple los requisitos para que ese rendimiento al arrendador le este reducido al 100%. si la plaza de garaje y el trastero se compraron en fecha distinta a la del piso, puede el arrendador tambien aplicar la exencion del 100% sobre estos inmuebles ?